El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha ratificado una sanción de 30.000 euros a una cadena de supermercados, de la que no ha facilitado el nombre, por la “incorrecta” denominación y etiquetado de un tipo de pan especial, comercializado bajo la propia marca de la cadena (marca blanca).

De este modo, Consumo consolida así el criterio de responsabilizar a la empresa distribuidora de la información que se facilite en los productos comercializados bajo su marca blanca, aun cuando no intervenga en el proceso de fabricación o envasado del producto.

Con esta sanción se concluye el expediente que puso en marcha la Dirección General de Consumo y que tuvo su origen en una denuncia de la asociación Facua-Consumidores en Acción presentada en 2024 ante el Ministerio que dirige Pablo Bustinduy.

Según ha precisado el Ministerio en un comunicado, la cadena de supermercados ha sido multada con 10.000 euros por la incorrecta denominación de un pan especial, en relación con el porcentaje de harina integral que incluía; con otros 10.000 euros por no incluir los datos de contacto de la empresa en cuyo nombre se comercializa el producto, y con 10.000 euros más por llevar a engaño al consumidor sobre su cantidad real de cereal integral.