En un fallo que sienta un precedente clave para la convivencia urbana y los límites de los reclamos entre linderos, la Justicia de Corrientes rechazó de manera definitiva la demanda de un propietario que exigía la demolición de una parrilla construida por sus vecinos sobre un muro medianero.
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El máximo tribunal de justicia local ratificó lo actuado previamente por los magistrados de primera y segunda instancia, sepultando las pretensiones de la parte denunciante.
El demandante había iniciado la acción civil argumentando de forma taxativa que las constantes emanaciones de humo provenientes de los asados configuraban una “inmisión antijurídica”, una figura jurídica que se encuentra expresamente prohibida y regulada por el artículo 1973 del Código Civil y Comercial de la Nación, el cual busca proteger a los ciudadanos de las molestias que un inmueble proyecta de manera directa sobre otro.
El informe clave de la pericia técnica















