NoticiaEl Tribunal concluyó que la controversia sobre la reserva de la información debe resolverse por otro mecanismo judicial.Caso de Kevin Acosta, el menor que murió en Bogotá por falta de su medicamento. Foto: Archivo particularPERIODISTA JUDICIAL27.05.2026 18:36 Actualizado: 27.05.2026 18:37
El Tribunal Superior de Bogotá ratificó la negativa a la solicitud del Ministerio de Salud en su intento de obtener, vía tutela, la historia clínica y el informe de necropsia del niño Kevin Arley Acosta Pico, quien murió esperando un medicamento para la hemofilia. Los documentos habían sido solicitados al Instituto Nacional de Medicina Legal.La decisión confirmó el fallo emitido en abril por el Juzgado 6 Penal del Circuito Especializado de Bogotá, que declaró improcedente el amparo presentado por Rodolfo Enrique Salas Figueroa, secretario general y director jurídico encargado del Ministerio de Salud y Protección Social.La cartera alegaba una vulneración al derecho fundamental de petición, al considerar que Medicina Legal no había respondido una solicitud radicada el 3 de marzo de 2026, mediante la cual pedía copia de la historia clínica y del informe de necropsia de Kevin Arley Acosta Pico, con el argumento de que esa información era necesaria para ejercer la rectoría de la política pública en salud.Sin embargo, tanto el juzgado de primera instancia como el Tribunal concluyeron que sí hubo una respuesta oportuna y de fondo por parte de Medicina Legal.Según el expediente, la entidad contestó el 17 de marzo de 2026 mediante un oficio en el que explicó que no estaba facultada para entregar directamente los documentos solicitados porque hacen parte de una investigación penal y están cobijados por reserva legal. Además, informó que trasladó la petición a la Fiscalía 51 Seccional de Delitos contra la Vida e Integridad Personal, despacho que lleva el caso.“El derecho de petición se satisface con la emisión de una respuesta de fondo y congruente independientemente de que se acceda o no a las pretensiones del solicitante”, señaló el Tribunal en su decisión.La Sala también recordó que el juez de tutela no puede intervenir en el contenido de la respuesta emitida por una autoridad, ni ordenar la entrega de información reservada cuando existen otras vías judiciales.Uno de los puntos centrales del fallo es que el Tribunal consideró que el Ministerio sí fue notificado de la respuesta. El expediente mostró que Medicina Legal respondió al mismo correo desde el cual había sido enviada la solicitud inicial.En la impugnación, el Ministerio de Salud insistió en que Medicina Legal aplicó de manera errónea la reserva legal y sostuvo que ninguna de las normas citadas por la entidad prohibía entregar la información requerida.Además, argumentó que la cartera tiene la obligación legal de evaluar casos como el fallecimiento de Kevin Arley Acosta Pico para adoptar medidas dentro del sistema de salud o impartir instrucciones a entidades adscritas como la Superintendencia de Salud.Incluso, defendió que, por su rol como cabeza del sistema de salud, tiene legitimidad para acceder a historias clínicas e informes de necropsia cuando se trata de analizar posibles fallas o adoptar correctivos institucionales.Pese a ello, el Tribunal concluyó que la controversia sobre la reserva de la información no podía resolverse mediante tutela.La providencia citó la Ley 1755 de 2015, que prevé un mecanismo específico llamado “recurso de insistencia”, mediante el cual un solicitante puede acudir ante la jurisdicción administrativa cuando una entidad niega información alegando reserva legal.Por eso, concluyó que el Ministerio tenía a su alcance otro mecanismo judicial idóneo para controvertir la negativa de Medicina Legal y que no se evidenciaba una vulneración al derecho fundamental de petición, escenario en el que sí procedería una tutela.El Tribunal confirmó íntegramente el fallo de primera instancia y remitió el expediente a la Corte Constitucional para una eventual revisión.Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.













