Dentro del catálogo de normas de la legislación española, hay una fórmula que podría evitar muchas de las penurias -y de la muertes- de quienes tratan, cada día, de cruzar el Atlántico o el Mediterráneo para alcanzar territorio español y ponerse a salvo. Se trata del visado humanitario, recogido en el artículo 38 de la Ley 12/2009, que regula el derecho de asilo y de la protección subsidiaria en España. Esta fórmula permite a las personas refugiadas en terceros países solicitar a las embajadas o consulados españoles el traslado para tramitar aquí su protección internacional. Sin embargo, según Elena Muñoz, abogada de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEC) concede este visado "de forma muy restrictiva". Este periódico ha tratado de contrastar dicha afirmación con Exteriores, sin haber obtenido respuesta.PublicidadSegún la experta, la razón por la que estos visados se dan a cuentagotas no se debe a la complejidad de los requisitos que exigen las embajadas. La dificultad estriba, más bien, en la disponibilidad de estos documentos, que muchas veces se extravían en el proceso migratorio. Entre el papeleo solicitado están los documentos que certifican la identidad del solicitante, informes médicos y las pruebas que puedan aportar sobre la persecución que sufre. De acuerdo a la ley, este salvoconducto puede ser tramitado "siempre y cuando el solicitante no sea nacional del país en que se encuentre la Representación diplomática y corra peligro su integridad física".El Ministerio de Exteriores no aportado información a 'Público' sobre la tramitación del visado humanitarioEste es el caso de algunos ciudadanos afganos refugiados en Pakistán -unos 1,5 millones, según ACNUR-, de los gazatíes que han quedado atrapados en Egipto -unos 100.000 según datos de la Embajada palestina en Egipto- o de los sirios pertenecientes a minorías étnicas -kurdos, yazidíes, drusos o alauíes- que o bien han huido a Líbano tras el cambio de régimen en su país o han decidido permanecer en este país pese a la guerra con Israel. En este caso, la cifra oscila entre los 800.000 registrados por ACNUR y el millón que estima el Gobierno libanés.Opacidad en la tramitaciónSegún ha podido comprobar este periódico, se desconocen los criterios concretos que aplica cada embajada o consulado para aceptar o denegar un visado. El procedimiento que llevarían a cabo estas instituciones "para evaluar las necesidades de traslado a España" de quienes solicitaran este visado debía haber sido desarrollado en un reglamento posterior que nunca se aprobó. De esta forma, la tramitación del salvoconducto queda oculto bajo un manto de opacidad. Público solicitó al Ministerio de Exteriores información sobre dicho procedimiento, sin haber recibido respuesta.Pese a la falta de un reglamento público, Elena Muñoz dio con la prueba de la existencia de un documento que sirve de guía para los funcionarios de las embajadas y consulados. La referencia se puede encontrar en numerosas sentencias del Tribunal Supremo español, como en la 199/2024, que obligaba a España a trasladar a su territorio a dos ciudadanos afganos que solicitaban el visado en Pakistán. El auto evidencia que el 20 de noviembre de 2009 los embajadores españoles recibieron una carta circular con indicaciones sobre la ley que se había publicado un mes antes.PublicidadCambio de ley en 2009La primera vez que España creó una fórmula para que cualquier persona perseguida pudiera encontrar amparo en las embajadas españolas, independientemente de su condición, nacionalidad o género, fue en 1994. Aquel año, durante la que terminaría siendo la última legislatura de Felipe González (PSOE), el Congreso aprobó una reforma de la ley 5/1984, que permitía a los ciudadanos de terceros países solicitar el asilo político en las embajadas y consulados españoles.En 2009, el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero (PSOE) acabó con esta posibilidad, aunque según relatan desde CEAR la presión de los agentes sociales mantuvo, al menos, la posibilidad de solicitar el visado humanitario. Es decir, un visado para que la persona cuya vida se encontrara en riesgo fuera trasladada a España, en donde solicitaría el asilo político o la protección subsidiaria.Las resoluciones negativas de protección internacional a ciudadanos afganos han ascendido de 163 a 491 entre 2023 y 2025Desde entonces, los sucesivos gobiernos españoles han permitido a los potenciales refugiados hacer un uso casi "excepcional" de este derecho, haciéndolo más restrictivo o accesible en función del contexto. Así ocurrió durante un breve periodo de tiempo para los afganos que huían del régimen talibán, entre 2021 y 2023.PublicidadLa excepcionalidad afganaDe acuerdo a los datos publicados por la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior, en 2023, 993 afganos y afganas lograron el asilo en España. Se desconoce cuántos de estos casos estuvieron precedidos por la consecución de un visado humanitario en embajadas y consulados españoles. En 2024, el número de afganos a los que se les reconoció la condición de refugiado disminuyó un 27% respecto al año anterior, mientras que los datos provisionales de 2025 mostraron cierto estancamiento en torno a 700 concesiones. Por otro lado, lo que se ha incrementado han sido las resoluciones negativas de protección internacional a ciudadanos afganos. Es decir, el número de solicitudes que han sido denegadas y que han pasado de 163 en 2023 a 491 dos años después.Ejemplos como el afgano evidencian hasta qué punto la concesión de estos visados humanitarios dependen de la voluntad políticaEn algunos de estos casos, la Justicia es la única que puede revertir estas resoluciones negativas. Así le ocurrió a la ciudadana afgana Shabnam Samedi, a su marido y a su suegra, quienes lograron acceder acceder al visado humanitario gracias a una revisión de su caso por la Audiencia Nacional. La historia de esta familia fue publicada por El País a principios de abril de 2026.Para Elena Muñoz, ejemplos como este evidencian hasta qué punto la concesión de estos visados humanitarios dependen de la voluntad política del Ejecutivo. "A este Gobierno y a los anteriores se les llena la boca diciendo que se necesitan vías legales seguras para que las personas lleguen de manera ordenada a España y, de esta manera, no alimentar a las mafias que traen a personas de forma irregular", denuncia. "Bueno", ironiza la abogada, "ahí tienen una vía legal"Líbano: territorio-ratonera para las minorías étnicas.Si en 2021 Afganistán se convirtió en una trampa mortal para los disidentes del régimen talibán, en 2026 Líbano se convirtió en un escenario similar para los sirios de minorías étnicas que huían de la persecución sectaria y el ánimo revanchista del grupúsculos que ahora operan con cierta impunidad en algunas áreas de Siria. Cuando el 2 de marzo de 2026 se desencadenó una nueva guerra entre Israel y Hizbolah, con repercusiones mortales en todo el territorio libanés, los sirios que se encontraban en el pequeño país mediterráneo tuvieron que tomar una decisión. Marcharse de Líbano, permanecer o buscar otra salida.Según los datos aportados por ACNUR a este periódico, 629.140 sirios refugiados en Líbano -la mayoría de ellos, llegados al país durante la larga guerra civil que asoló al país entre 2015 y 2024- optaron por volver a casa tras el cambio de régimen. Pese a las bombas -que rebajaron su intensidad desde la tregua sellada el 16 de abril-, los desplazamientos forzados y la escasez de recursos, unos 200.000 sirios permanecen en Líbano. Algunos de ellos, reconoce la Agencia de la ONU, no tienen otra escapatoria.PublicidadSegún ha confirmado ACNUR a este periódico, algunos han solicitado el visado humanitario en la Embajada española de Beirut. Es un trámite que desde la agencia desaconsejan hacer, conscientes del limitado éxito que tiene. Este periódico se ha puesto en contacto con el Ministerio de Asuntos Exteriores español para conocer cuántos ciudadanos sirios han tratado de conseguir un visado humanitario a través de la misión diplomática de España en el país en guerra, pero no ha obtenido respuesta.A esto se suma el paulatino cierre de fronteras de la Unión Europea para los ciudadanos sirios tras el cambio de régimen en diciembre de 2024. En junio de 2025, la Oficina Europea de Asilo publicó una guía interina en la que renovaba las condiciones por las cuáles los ciudadanos sirios podían ser beneficiarios del asilo político o de la protección subsidiaria en la UE. Entre otras cuestiones, quedaban fuera los evasores del servicio militar, los desertores del ejército o los militantes de de grupos armados contrarios al antiguo dictador del país, Bashar Al Asad.
El visado humanitario, una herramienta para la migración segura que España concede "excepcionalmente"
Este mecanismo permite a las personas vulnerables, refugiadas en un tercer país, solicitar a la Embajada española un visado con el que viajar a España para tramitar su asilo político.








