La ley SAC no ha sido capaz de frenar hasta el momento el uso abusivo de la contratación telefónica mediante llamadas no deseadas

El spam telefónico sigue vivo tras la Ley SAC de Servicios de Atención a la Clientela. Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), el 98% de los consumidores sigue recibiendo llamadas comerciales no solicitadas y, además, han aumentado el número de personas que soportan más de diez al mes. Los expertos alertan de que la contratación nacida de una llamada no consentida puede quedar en entredicho por falta de consentimiento válido.

La Ley 10/2025 de Servicios de Atención a la Clientela (SAC) nació para ordenar un espacio que llevaba años convertido en un laberinto: esperas eternas, atención impersonal y un alud de llamadas comerciales que llegaban a cualquier hora con la insistencia de quien no admite un no por respuesta. Pero su aterrizaje no ha traído el alivio prometido.

En este escenario, la cuestión ya no es sólo de molestias. Es jurídica. Porque si la llamada comercial no fue consentida, o si el consumidor fue empujado a contratar con información insuficiente o bajo prácticas desleales como realizar la llamada fuera de las horas y días regulados en la ley —nunca en domingos ni entre las 21:00h y las 9:00 horas— , el contrato es nulo, y no tendrá efectos. Enrique García, portavoz de la OCU, lo resume con una advertencia nítida: “Un contrato originado con una llamada no consentida no será nunca válido”.