TOLEDO.- Ya no quedan más sentencias pendientes y ahora, ya sí, sin más excusas, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico tiene vía libre para modificar las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura y garantizar los caudales ecológicos del río, después de que el Tribunal Supremo haya desestimado el último recurso contencioso-administrativo que quedaba pendiente, el interpuesto por el Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura (Scrats).

Un recurso presentado en abril de 2023 contra la revisión del Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo, aprobada por el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño, Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.

Según la sentencia fechada el 13 de mayo y que hoy se ha conocido, la sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo concluye que el Real Decreto recurrido no infringe la legalidad vigente ni la jerarquía aplicable a esta normativa.