El contribuyente no está obligado a declarar estas transferencias inmediatas en el IRPF salvo que estén relacionadas con una actividad económica o supongan una ganancia patrimonial
Cada segundo de 2025 se realizaron en España 39 transferencias de dinero a través de Bizum, según los datos de la propia empresa. El crecimiento de este método de pago es claro y la Agencia Tributaria anunció en diciembre que reforzaría su vigilancia sobre estas operaciones, algo que alertó a muchos españoles. Finalmente, Hacie...
nda aclaró que la supervisión adicional se refería a los empresarios y profesionales que utilicen estas transferencias inmediatas en el ejercicio de su actividad, para pagar facturas o para que les abonen los productos o servicios que venden. Tras el revuelo que causó aquel anuncio, muchos ciudadanos se preguntan si es necesario incluir los bizums en la declaración de la renta. La respuesta corta es no, pero es necesario determinar cuál es la naturaleza del dinero que se recibe por esta vía.
Hacienda no exige a los particulares declarar en el IRPF estas transferencias inmediatas de sus amigos o familiares para pagar una comida o cualquier evento social. Su inclusión solo es necesaria si suponen operaciones de ganancias patrimoniales o si forman parte de actividades económicas. Por ejemplo, si un peluquero recibe por bizum el pago de sus servicios, deberán comunicarse a Hacienda, al tratarse de una operación relacionada con su trabajo.







