El ministerio publica una nota en la que explica que las nuevas obligaciones informativas que entran en vigor en 2026 solo afectan a empresarios y profesionales
La mayor vigilancia que realizará la Agencia Tributaria sobre las transacciones ejecutadas por Bizum a partir del próximo año no afectará a las operaciones entre particulares. El Ministerio de Hacienda así lo ha aclarado en una nota, en la que puntualiza que las entidades financieras deberán remitir al fisco solo la información relativa a los pagos por este canal a empresarios y profesionales establecidos en España.
En el caso de estos contribuyentes, el control sí se intensificará. Las entidades financieras tendrán que presentar al fisco una declaración informativa mensual con varios datos. Tendrán que incluir la identificación completa tanto de los empresarios o profesionales que están adheridos al sistema de gestión de cobros a través tarjetas o de pagos asociados a un número de teléfono móvil, incluido Bizum, como de las cuentas bancarias o de pago a través de las que se efectúen los cobros. Las entidades deberán informar también sobre el número de comercio con el que operan, los terminales de venta y el importe mensual facturado a través de Bizum y otros medios equivalentes.







