A partir de junio, se bloquearan los mensajes de las empresas y administraciones que no estén registradas
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado la circular que regula la creación y el funcionamiento del Registro de alias para mensajes de texto (SMS), una medida diseñada para mitigar el fraude por suplantación de identidad conocido como smishing. Según el reglamento técnico, los operadores de telecomunicaciones y proveedores de mensajería deberán bloquear de forma obligatoria cualquier comunicación cuyo remitente alfanumérico no esté debidamente inscrito y verificado en la base d...
e datos oficial a partir del próximo 7 de junio.
La nueva normativa establece que el registro recogerá todos los identificadores alfanuméricos utilizados como remitentes en mensajes SMS, MMS y servicios de comunicación enriquecida (RCS) dirigidos a números españoles. El objetivo de la CNMC es garantizar que el nombre o marca que aparece en el terminal del usuario corresponda efectivamente a la entidad que envía el mensaje. A partir de la plena entrada en vigor de la medida, solo se entregarán los mensajes cuyos alias estén previamente asociados a entidades legítimas.
Para realizar la inscripción de un alias, las empresas y las administraciones públicas deberán acreditar documentalmente su vinculación con la marca, el nombre comercial o el dominio de internet que pretenden utilizar. La CNMC ha precisado que el registro no solo almacenará los nombres, sino que los vinculará a un titular responsable y a los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas que gestionan el tráfico.






