Por 16 votos a 4, el órgano propone una nueva fórmula jurídica pero admite incluir el derecho en el artículo 43
El Consejo de Estado ha decidido avalar, en una votación con 16 votos a favor y 4 en contra, la reforma del artículo 43 de la Constitución que planteó el Gobierno para blindar el derecho al aborto y su ejercicio. Esta reforma estaba pensada para garantizar que el aborto pueda ser realizado en centros públicos, algo que ahora prácticamente no sucede en la mayoría de autonomías, y en algunas, como Madrid, es especialmente mayoritario el número de las interrupciones voluntarias del embarazo que se dan en la privada por el rechazo de sus gobiernos a implementarlo.
Este órgano consultivo, que debe ser escuchado en cuestiones como esta pero cuya opinión no es vinculante, sanciona el corazón de la propuesta, pero plantea un redactado diferente al que propuso el Gobierno y salió del Consejo de Ministros.
La redacción de la reforma constitucional que planteó el Gobierno era muy clara. Decía así: “Se reconoce el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo. El ejercicio de este derecho, en todo caso, será garantizado por los poderes públicos, asegurando su prestación en condiciones de igualdad efectiva, así como la protección de los derechos fundamentales de las mujeres”.






