La Agencia Tributaria permitirá a los trabajadores por cuenta propia renunciar al método de estimación objetiva para el impuesto de la renta hasta el 16 de febrero

El Ministerio de Hacienda ha decidido ampliar el plazo para que los autónomos y los pequeños negocios renuncien durante este año, siempre que así lo deseen,

6/los-economistas-piden-cambiar-la-cotizacion-de-los-autonomos-para-combatir-el-fraude-fiscal.html" data-link-track-dtm="">al sistema de módulos en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) y a los regímenes simplificados del IVA, respectivamente. La nueva fecha límite para tomar la decisión, fijada ahora en el 16 de febrero para las dos casuísticas, responde al complejo proceso normativo que ha sufrido en las últimas semanas este paquete de medidas fiscales.

El cambio está recogido en uno de los dos reales decretos ley que el Gobierno publicó la semana pasada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los cuales detallan medidas urgentes en materia tributaria para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, además de otras modificaciones. En su articulado se incluye, entre otras disposiciones, la ampliación extraordinaria del plazo para renunciar o revocar la renuncia al método de estimación objetiva en el IRPF y a los regímenes especiales simplificado y de agricultura, ganadería y pesca del IVA para el ejercicio 2026.