La Agencia Tributaria aclara que las deducciones que contemplaba el texto son válidas porque “estaban en vigor y desplegando sus plenos efectos” a cierre de 2025

Hacienda apura las últimas aclaraciones antes del arranque de la campaña de la renta —relativa al ejercicio fiscal 2025—, que arranca el próximo 8 de abril. La última se refiere a los cambios fiscales incluidos en el llamado decreto ómnibus, aprobado por el Gobierno y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) a finales de diciembre, pero rechazado después en el Con...

greso. Una nota publicada esta semana por la Agencia Tributaria enumera las medidas válidas a efectos de la declaración de la renta pese al revés parlamentario, como la exención en el impuesto para las ayudas recibidas por la dana o las rebajas contempladas por obras de rehabilitación energética de la vivienda.

En España, los decretos ley entran en vigor de forma prácticamente inmediata tras publicarse en el BOE y se mantienen en vigor durante 30 días. Después de este plazo, necesitan ser convalidados por el Congreso para seguir desplegando efectos jurídicos. Ese es el razonamiento en el que se basa la Agencia Tributaria: es válido lo llevado a cabo en esa ventana de tiempo, que además coincide con el cierre del año fiscal en lo que al impuesto sobre la renta se refiere —para el fisco, lo que cuenta es la fecha de devengo del tributo, y no la de pago—, aunque el texto legislativo no prosperase luego en las Cortes.