La Comisión Europea subraya que la ley andaluza de turismo sostenible puede añadir requisitos adicionales a las plataformas digitales y contradecir el reglamento europeo

Los planes de la Junta de Andalucía de crear un registro para los alquileres de corta duración tienen el grave riesgo de ir contra un par de normas de la UE, según advierte la Comisión Europea. Ante la ley de turismo sostenible que se tramita en el Parlamento andaluz, el análisis realizado por el departamento de Mercado Interior de la Unión apunta que en España ya hay un registro estatal de este tipo de alojamientos; que este, además, vincula a las plataformas electrónicas, y que “cualquier obligación impuesta de inscribirse” en ambos “sería contraria al reglamento europeo de alquileres de corta duración”.

Junto a esta norma, hay otra en la que los técnicos de la Comisión ponen el acento: el reglamento de servicios digitales (DSA, por sus siglas en inglés). Este es el mismo con el que la UE impone obligaciones reforzadas a las grandes plataformas digitales como X, Facebook, TikTok o Booking. Esta última es la única ligada exclusivamente al sector turístico que se incluye en esa categoría, lo que obliga a asumir requisitos de diligencia debida más exigentes que al resto. No obstante, el reglamento deja claro que “los Estados miembros no deben adoptar o mantener requisitos nacionales adicionales” para estas plataformas.