Las ayudas podrán llegar a 9.850 euros mensuales en pacientes con la enfermedad muy avanzada
El Boletín Oficial del Estado ha publicado este viernes el acuerdo que concreta cómo se reconoce y acredita el acceso al grado III+ de dependencia —la modalidad creada para los casos de dependencia extrema vinculados a la ley ELA (Esclerosis Lateral Amiotrófica)— y qué condiciones mínimas deben cumplir las prestaciones y los servicios asociados. El texto fija definición para acceder a ayudas que pueden llegar a los 9.850 euros al mes, con un mínimo 3.200 para estos casos en los que la enfermedad está muy avanzada.
El acuerdo, aprobado por el Consejo Territorial de Servicios Sociales el 9 de diciembre y difundido ahora mediante resolución de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, es la letra pequeña que faltaba para hacer operativa esa vía dentro del sistema de dependencia.
Establece que, para el acceso al grado III+, el paciente de ELA debe cumplir los requisitos del grado III y, adicionalmente, dos de estos tres criterios: soporte ventilatorio más de ocho horas al día, necesidad diaria de aspiración de secreciones e inmovilidad en el tren superior.
Para acreditar tanto el cumplimiento de los criterios de procesos irreversibles de alta complejidad (los definidos por el real decreto de 2025) como la fase avanzada de ELA, se exigirá un certificado médico expedido por el especialista del sistema público (o de una entidad gestora de regímenes especiales) que haga el seguimiento del paciente. Se presentará en el reconocimiento inicial o en la revisión del grado.






