El diputado del Grupo Mixto había solicitado ejercer su derecho al voto desde la cárcel de Soto del Real
La Mesa del Congreso ha aprobado por unanimidad de sus nueve componentes, cinco del PSOE y Sumar y cuatro del PP, “declarar suspendido en el ejercicio del cargo y, por tanto, en los derechos y deberes” de diputado a José Luis Ábalos Meco, que está en prisión desde el 27 de noviembre y del que el Tribunal Supremo ha rechazado este martes sus recursos y confirmado su procesamiento. Ábalos ya no podrá votar telemáticamente desde la cárcel de Soto del Real, como había solicitado, y tampoco percibirá retribuciones económicas mientras continúe en prisión preventiva.
El órgano que dirige el funcionamiento del Congreso se ha reunido excepcionalmente tras terminar en la tarde de este miércoles el pleno de sesión de control al Gobierno y ha resuelto por unanimidad y sin discusión suspender las atribuciones de Ábalos como diputado, aunque no le puede retirar su escaño. La Mesa le suspende sus derechos y deberes con efectos desde este mismo miércoles según lo que estipula el artículo 21.1.2º del Reglamento del Congreso, que señala literalmente que ”los diputados y diputadas quedarán suspendidos en sus derechos y deberes parlamentarios cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el Auto de procesamiento, se hallaren en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta”.






