Los afectados tienen derecho a pedir la devolución de los años no prescritos en un único pago
La Agencia Tributaria está acelerando las devoluciones del IRPF a los mutualistas jubilados con derecho a ellas, que las pueden solicitar a través de un nuevo formulario ad hoc que el organismo ha activado desde el pasado verano en su página web. El documento se puede cumplimentar y presentar en cualquier momento del año, pero ojo: para beneficia...
rse plenamente de la devolución, obteniendo el reembolso de los últimos años no prescritos, no hay que pasarse de fecha.
Los contribuyentes que aún no han pedido la devolución bajo ninguna fórmula —ni a través del formulario, ni por otras vías, como solicitudes de rectificación de la declaración de la renta— deben solicitarla antes del 2 de febrero de 2026 para conseguir el reintegro en un único pago de los años 2020, 2021 y 2022. Si se demoraran, el 2 de febrero de 2027 sería la fecha límite para pedir conjuntamente la devolución de 2021 y 2022; en el caso del IRPF correspondiente a 2022, el límite es el 2 de febrero de 2028. A partir de ese momento, ya no podrán presentar el formulario, aunque tendrán derecho a una devolución en el IRPF en cada campaña de la renta.






