La web que permite realizar el análisis falla en las horas previas a la obligatoriedad. Quienes no cumplan se enfrentan a multas de hasta 49.200 euros con agravantes y de hasta 2.450 euros sin ellos
Las empleadas de hogar desarrollan su actividad en domicilios particulares. No son centros de trabajo en los que los empleados se puedan organizar, ni espacios públicos a la vista de los clientes. Ese cariz privado provoca un déficit en la prevención de riesgos laborales. Lo exigible
ias-que-temo-no-volver-a-casa.html" target="_self" rel="" title="https://elpais.com/economia/2025-10-12/el-miedo-a-un-accidente-fatal-en-la-obra-hay-dias-que-temo-no-volver-a-casa.html" data-link-track-dtm="">en un obra, una fábrica, una oficina o una tienda no se aplica en los espacios en que trabajan estas profesionales, una situación que cambia este viernes 14 de noviembre. Desde entonces los empleadores de estos servicios están obligados a haber evaluado los riesgos laborales en sus domicilios, un nuevo derecho para el colectivo profesional con la peor retribución de la economía, la mayor proporción de extranjeros y también el más feminizado.
Este viernes 14 de noviembre se cumplen seis meses desde que el Ministerio de Trabajo lanzó la web prevencion10.es. Esta herramienta es el “instrumento de prevención, gratuito y de acceso libre” que, según explicó el ministerio en su lanzamiento, “permite a las personas empleadoras cumplir con sus nuevas obligaciones legales”. Es decir, en esta web las personas que contratan a empleadas de hogar pueden completar la autoevaluación de los riesgos laborales en sus domicilios.






