La importancia de la sentencia del Tribunal de Estrasburgo radica en el reconocimiento de que España actuó frente a los hechos
La decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de rechazar los recursos de algunos de los principales líderes del procés supone un aval a las resoluciones del Supremo durante la instrucción de la causa, y a la vez un respaldo al Constitucional español, que confirmó la inexistencia de una vulneración de los derechos fundamentales de los demandantes.
Nada de lo dicho ahora por el Tribunal de Estrasburgo prejuzga, sin embargo, cuál vaya a ser la suerte que corra la ley de amnistía y su aplicación ante la justicia europea. Al respecto, el fallo pendiente más importante es el que debe dictar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con sede en Luxemburgo.
El Constitucional tendrá que estar muy atento a los argumentos del TJUE cuando decida si las disposiciones de dicha ley afectan negativamente a los intereses financieros de la Unión, o vulneran principios básicos del derecho europeo. Habrá una primera pista sobre ello cuando la próxima semana se conozca el informe del Abogado General de dicho tribunal.
Mientras tanto, lo que ha resuelto el tribunal que vela por el respeto de los derechos fundamentales de los ciudadanos en el ámbito europeo es que el Estado español actuó con base legal y de modo proporcionado con respecto a los líderes del procés cuando limitó sus derechos de participación política al acordar su prisión provisional en las circunstancias de 2017 y 2018.






