El juez no ve “ninguna urgencia” por la que se tenga que tramitar el recurso interpuesto por el Gobierno de Ayuso contra el Estado español
El Tribunal supremo ha denegado a la Comunidad de Madrid la medida cautelarísima con la que pedían la suspensión inmediata del traslado de menores migrantes no acompañados hacia la región, provenientes de comunidades como Canarias. La sala de lo Contencioso-Administrativo ha emitido un auto en el que se señala que se están tramitando al menos 12 de estos expedientes de menores provenientes de Ceuta, Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria, y reconoce que no existe “ninguna urgencia” por la que se tenga que tramitar con especial celeridad el recurso interpuesto por la Administración madrileña frente a ese mismo tribunal.
La medida cautelarísima es una medida provisional y de urgencia extrema que se adopta en un proceso judicial sin dar oportunidad a la otra parte de ser escuchada previamente debido a la existencia de circunstancias excepcionales que hacen prever un daño irreparable o que la espera podría frustrar el propósito del procedimiento. En este caso, la Comunidad de Madrid la había solicitado tras interponer tres recursos en contra del Estado español por el reparto de menores migrantes, dos en el Supremo y uno en el Constitucional.






