El magistrado del Tribunal Supremo Ángel Hurtado ha admitido que usó un criterio inconstitucional para calcular la fianza de 150.000 euros que le impuso al fiscal general del Estado tras abrirle juicio oral por revelación de secretos. El instructor ha acordado este martes rebajar de 150.000 a 75.000 euros esa cantidad para dejar fuera la multa que se le podría imponer a García Ortiz en caso de condena, un criterio que, como adelantó EL PAÍS, el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional. Cuando el juez Hurtado ha notificado esta decisión, García Ortiz ya había consignado la fianza de 150.000 euros, para lo que ha aportado un aval con parte de su patrimonio (un bien inmueble), ya que no disponía de ese importe en metálico, según explican fuentes fiscales.
El juez dio la semana pasada cinco días de plazo al fiscal general para depositar en el Supremo una fianza de 150.000 euros tras acusarle formalmente de la supuesta filtración de un correo electrónico vinculado al empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso. Para calcular ese importe, el juez tuvo en cuenta una posible indemnización a González Amador y “otras responsabilidades pecuniarias que pudieran derivarse, como costas o la multa contemplada para el delito de revelación de secretos”, a pesar de que el Tribunal Constitucional declaró expresamente hace dos años que era inconstitucional incluir esa multa en el cálculo. Hurtado admite ahora que la sentencia dictada por el Constitucional el 19 de junio de 2023 “no puede negarse que condiciona la decisión a adoptar” a la hora de fijar la cantidad de la fianza y concluye que la multa que podría recaer sobre García Ortiz en caso de condena “no ha de ser incluida como una más entre esas responsabilidades pecuniarias”.






