Habitación disponible a cinco minutos del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas. Este anuncio, que se puede leer en una plataforma destinada al alquiler turístico, es uno de los atajos que han encontrado los propietarios para sortear la ley que, desde abril, permite a las comunidades de vecinos prohibir o autorizar con un acuerdo el establecimiento de un piso turístico en el edificio.
Y es que, “ante el incremento en el control de este tipo de alojamientos, los propietarios que estaban destinando su vivienda al uso turístico están explorando otras fórmulas que les permitan seguir manteniendo su piso en esta modalidad, aunque no pueda ser calificada como tal”, asegura Patricia Briones, abogada especializada en propiedad horizontal.
Un ejemplo de ello está en anunciar la vivienda en portales o canales de oferta turística indicando que se alquilan habitaciones para uso vacacional, cuando en realidad se trata de un piso completo.
La última reforma de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que establece que el titular de una vivienda necesita la autorización previa de la junta para destinarla a uso turístico, es clara al respecto: únicamente afecta a la cesión de la vivienda en su totalidad.






