La primera cuota debe abonarse antes de finalizar el mes de junio, aunque existe un período de gracia para los empleadores

Según la ley vigente, las compañías deben abonar el Sueldo Anual Complementario antes de que finalice el plazo establecido.

La primera cuota debe abonarse antes de finalizar el mes de junio, aunque existe un período de gracia para los empleadores