Señor Director: Por medio de la presente, y en representación legal de la empresa "Líderes en los Cimientos Empresariales", nos dirigimos a usted con relación a la columna publicada el día 15 de mayo de 2026, bajo el título “¿EL ENEMIGO EN CASA?", en la que se realizan afirmaciones carentes de sustento documental y técnico respecto de la participación de nuestra representada en el procedimiento de licitación AM-27-830-027000002-N-654-2026. En primer término, rechazamos rotundamente las insinuaciones relacionadas con una supuesta simulación de competencia o coordinación de ofertas entre participantes del procedimiento referido. Como es de conocimiento público, en este tipo de concursos cada empresa participante presenta sus propuestas de manera independiente, sin tener acceso previo a las ofertas económicas, técnicas o administrativas de terceros. En consecuencia, resulta falso afirmar que nuestra representada conoció, acordó o influyó en las propuestas presentadas por otras organizaciones participantes. Ahora bien, resulta importante señalar que el autor de la publicación, Raúl Rodríguez Cortés, no exhibe documento oficial, resolución administrativa, dictamen técnico, investigación institucional o estudio elaborado por autoridad competente que sustente las afirmaciones difundidas. Las conclusiones expresadas en dicho texto derivan exclusivamente de apreciaciones subjetivas y de un juicio carente de imparcialidad, objetividad y rigor metodológico. De igual manera, negamos completamente la afirmación en la que se pretende vincular a nuestra representada con un supuesto grupo integrado por cuatro empresas. El columnista no aporta elemento legal, corporativo, registral o documental alguno que permita sostener dicha aseveración. No existe acta constitutiva, inscripción ante el Registro Público de Comercio, estructura accionaria común o resolución oficial que acredite la existencia de los vínculos empresariales señalados en la publicación. Es prudente informar que la empresa Líderes en los Cimientos Empresariales cumple cabalmente con lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como con todas las disposiciones aplicables en materia administrativa, fiscal y corporativa.Lo anterior puede ser corroborado mediante el historial legal y corporativo de nuestra representada, mismo que se encuentra disponible ante las autoridades competentes. Adicionalmente, resulta inexacto presentar como irregular la existencia de propuestas competitivas dentro de un procedimiento licitatorio. Precisamente, la naturaleza de los concursos públicos consiste en generar condiciones de competencia entre participantes para obtener mejores condiciones para el Estado. Sugerir que la existencia de ofertas cercanas constituye, por sí misma, una conducta irregular, representa una interpretación subjetiva que no se encuentra respaldada por autoridad técnica, organismo especializado o investigación formal alguna. Por lo anterior, reiteramos nuestra disposición institucional para aclarar cualquier información relacionada con nuestra participación en procedimientos públicos, a fin de evitar este tipo de publicaciones que no se encuentran sustentadas en pruebas verificables ni en resoluciones emitidas por autoridades competentes. En virtud de ello, solicitamos atentamente la publicación íntegra de la presente aclaración en el mismo espacio y con la misma relevancia en que fueron difundidas las afirmaciones referidas, en apego a los principios de objetividad, equilibrio informativo y derecho de réplica.Oscar Barrio Jiménez, representante legal de Líderes en Cimientos Empresariales, S. A. de C. V.