NoticiaEl vocero presidencial recalcó que el monopolio de las armas continúa de forma exclusiva en manos del Estado bajo el artículo 223 constitucional.Estados Unidos, Rusia, Serbia, República Checa, Finlandia y Suiza son algunos de los países que permiten el porte legal de armas por parte de sus ciudadanos. Foto: iStock09.09.2026 06:54 Actualizado: 09.09.2026 07:48

Ante la polémica y la confusión generadas tras la expedición del decreto que levanta la suspensión general del porte de armas, el Gobierno nacional, a través del vocero presidencial Miller Soto, ofreció una explicación detallada sobre el alcance técnico y jurídico de la medida. LEA TAMBIÉN Soto enfatizó que la decisión del presidente Abelardo De la Espriella no equivale a una autorización indiscriminada ni al libre porte de armamento en las calles. El presidente firmó el decreto el 8 de septiembre. Foto:Particular"Levantar la suspensión general no es autorizar el porte libre de armas. El decreto restablece la eficacia de los permisos individuales que estén vigentes y que cumplan todas las condiciones que ya exigen la Constitución y la ley", sostuvo el portavoz, recordando que el monopolio sobre las armas se mantiene de forma exclusiva en cabeza del Estado bajo el mandato del artículo 223 constitucional.Con la norma expedida se elimina la exigencia de tramitar la "autorización especial" o salvoconducto extraordinario que regía durante la suspensión general, permitiendo que quienes ya contaban con un permiso ordinario vigente puedan ejercerlo bajo las condiciones previamente pactadas. LEA TAMBIÉN Lo que no permite el decreto y las facultades de la Fuerza PúblicaEl vocero fue enfático en señalar que el decreto no subsana irregularidades ni crea derechos nuevos, por lo que la medida no habilita el porte de armas para ciudadanos con:Permisos vencidos, cancelados o suspendidos individualmente por autoridades militares o judiciales.Armas decomisadas o sujetas a medidas cautelares y procesos penales.Salvoconductos amparados exclusivamente bajo la modalidad de tenencia (que autoriza el arma en un inmueble, no en el espacio público).La medida no habilita el porte para ciudadanos con permisos vencidos, cancelados o suspendidos. Foto:iStockAsimismo, las autoridades militares conservan de manera intacta la potestad discrecional para expedir, revalidar, suspender o revocar permisos, mientras que la Policía Nacional mantendrá sus competencias de inspección, vigilancia, incautación y decomiso soportadas en los sistemas de registro y trazabilidad oficial (SIAEM 2.0). LEA TAMBIÉN “Levantar la suspensión general no es autorizar el porte libre de armas. El decreto restablece la eficacia de los permisos individuales que estén vigentes y que cumplan todas las condiciones que ya exigen la Constitución y la ley”.El gobierno del presidente Abelardo De la… pic.twitter.com/GnApasgcag— Presidencia Colombia 🇨🇴 (@infopresidencia) September 9, 2026