Noticia Exclusivo suscriptores El presidente De La Espriella firmó el Decreto 1368, que ordena restablecer 'la eficacia' de los permisos individuales vigentes en todo el país.Los permisos de porte de armas por parte de civiles estaban suspendidos desde 2016, aunque existen permisos especiales que expiden las Fuerzas Militares. Foto: iStockSUBEDITOR DE JUSTICA08.09.2026 12:01 Actualizado: 08.09.2026 12:01 PERIODISTA JUDICIAL08.09.2026 12:01 Actualizado: 08.09.2026 12:01

El Gobierno Nacional cambió las reglas que durante los últimos años mantuvieron suspendidos de manera general los permisos para el porte de armas de fuego en Colombia. A través del Decreto 1368 de 2026, expedido este 8 de septiembre, ordenó restablecer "la eficacia" de los permisos individuales vigentes en todo el territorio nacional, siempre que sus titulares no tengan una restricción particular que les impida ejercerlos.La decisión fue uno de los anuncios de campaña del actual presidente Abelardo De La Espriella y desde ya abre un gran debate debido a que implica que una persona que ya cuente con un permiso de porte vigente podrá ejercerlo sin tramitar la autorización especial adicional que se exigía como consecuencia de la suspensión general. Ese es uno de los cambios centrales de la norma: al desaparecer la suspensión que afectaba de manera general los permisos, el Gobierno determinó que también deja de ser necesaria esa autorización extraordinaria.Esto, sin embargo, no abre la puerta al libre porte de armas. El propio decreto señala que la medida “no crea nuevos derechos” y tampoco modifica los requisitos establecidos para obtener un permiso. Quien no tenga autorización vigente no queda habilitado para portar un arma por la expedición de esta norma. Además, el porte solo podrá ejercerse sobre el arma o las armas específicamente relacionadas en el respectivo permiso.Capturas por porte ilegal de armas en Cali. Foto:Policía Metropolitana de Cali“Hay que recordar que estaba suspendido de manera general el porte de armas y solamente se contemplaban permisos especiales. Esas restricciones se fueron prorrogando durante varios años y terminaron convirtiéndose prácticamente en una medida permanente”, explicó el oficial en retiro a este diario.“Una cosa es la tenencia y otra el porte. La tenencia significa tener un arma en su residencia, pero no puede llevarla consigo. El porte permite cargar el arma fuera del domicilio”, señaló el oficial.Es decir que una persona podía tener un permiso de tenencia y mantener el arma en su casa, pero no podía desplazarse con ella. “Esa es una de las diferencias que hay que tener claras”, agregó.Ahora bien, el decreto también establece una lista de casos que quedan por fuera del levantamiento. No podrán portar armas quienes tengan permisos vencidos, suspendidos individualmente, cancelados o revocados. La restricción se mantiene cuando exista una prohibición legal o judicial, cuando el arma haya sido objeto de decomiso o esté sometida a una medida administrativa o judicial, y cuando el documento expedido autorice únicamente la tenencia y no el porte.Abelardo de la Espriella firmando el decreto. Foto:DE LA ESPRIELLA STYLELa diferencia entre esos dos conceptos resulta determinante para entender el alcance de la decisión. Un permiso de tenencia no se convierte en porte con el nuevo decreto. El Gobierno mantiene el esquema previsto en el Decreto Ley 2535 de 1993, según el cual la posibilidad de que particulares posean o porten armas continúa dependiendo de una autorización expedida por la autoridad competente.Las autoridades militares, de acuerdo con el decreto, conservan las facultades para expedir, revalidar, suspender, cancelar o revocar permisos, mientras que la Policía y las demás autoridades competentes mantienen sus atribuciones de inspección, vigilancia, incautación y decomiso. De hecho, el Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos deberá continuar con el registro, trazabilidad, verificación y seguimiento de las autorizaciones.Para poner en marcha el nuevo esquema, el Ministerio de Defensa deberá impartir instrucciones a las autoridades militares y actualizar los sistemas utilizados para controlar los permisos. El objetivo establecido en el decreto es que las bases de datos permitan distinguir cuáles autorizaciones están vigentes y cuáles aparecen vencidas, suspendidas, canceladas, revocadas o sometidas a alguna restricción.Armas y fusiles incautados en una operación militar. Foto:CortesíaPara el jurista Hernando Herrera, en Colombia persiste el delito de porte ilegal de armas, por lo que considera que este decreto no tiene y no podría tener la virtualidad de modificar una ley porque no tiene la posibilidad jurídica de hacerlo. “Lo que hace este decreto es específicamente frente a las autorizaciones que expide el Estado para que una persona pueda portar armas y ya, una vez con esa autorización, flexibilizar ese porte”.“Anteriormente se requería un permiso que debe ser otorgado por las autoridades competentes y, desde hace también algunos años, se había impuesto la medida de que el Ministerio de Defensa debía también tener otro tipo de requisitos. Había una suspensión general en lo que respecta a ese porte de armas siendo ellas legales”, dijo Herrera.Con ello, entonces, el panorama en lo relativo a lo penal no cambia. “Todo aquel que en Colombia porte ilegalmente un arma comete un delito”, dijo el experto.Armas incautadas. Foto:Policía Metropolitana de BogotáPor su parte, para Laura Bonilla, subdirectora de la Fundación Paz y Reconciliación (Pares), la medida es “como meterle un antibiótico a un virus”.“No se puede comparar un país donde había una tradición eterna del porte de armas, como los Estados Unidos, que también tiene muchos problemas, con un país como Colombia, donde estas decisiones de armar civiles han llevado a cosas terribles, como, por ejemplo, lo que ocurrió en Venezuela”, dijo la experta y añadió: “Esto no va a llevar absolutamente a nada bueno. Todo lo contrario. Sí tenemos que quitarle las armas al crimen organizado. Es una gran necesidad, pero para eso tenemos que mirar dos focos, y uno es de dónde está sacando el crimen organizado las armas. Las armas están llegando al crimen organizado vía corrupción, y esa corrupción no está ocurriendo por fuera, no ocurre dentro de los grupos: ocurre dentro del Estado también, porque nosotros ya tenemos esos controles”.Para Andrés Pérez, subdirector de la Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ), el Decreto 1368 de 2026 debe interpretarse como una medida de transición normativa, pues levanta la suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego y "restituye la eficacia" de los permisos individuales que se encuentren vigentes, siempre que no estén sujetos a suspensión individual, cancelación, revocatoria, vencimiento o a alguna prohibición de carácter legal o judicial.“En consecuencia, la disposición suprime la necesidad de una autorización especial adicional derivada del régimen de suspensión general, sin que ello implique la creación de un nuevo derecho ni la habilitación de un porte indiscriminado. Desde el punto de vista constitucional, esta decisión no altera el monopolio estatal de las armas consagrado en el artículo 223 de la Constitución Política. La tenencia y el porte de armas siguen siendo posibilidades excepcionales, condicionadas al permiso previo de la autoridad competente, a la verificación de los requisitos legales, al control institucional permanente y a las causales de suspensión, incautación o decomiso previstas en el ordenamiento jurídico”, dijo el jurista. LEA TAMBIÉN La decisión debe entenderse como el retorno al régimen ordinario de permisos individuales, y no como una liberalización del porte de armas de fuego. “Las autoridades mantienen intactas sus competencias para expedir, revalidar, suspender, cancelar o revocar permisos, así como para ejercer funciones de control, inspección, vigilancia, incautación y decomiso cuando se presenten las circunstancias previstas en la ley para tomar esas medidas”, explicó Pérez.El analista Alejandro Chala consideró que levantar la suspensión de los permisos para el porte de armas en Colombia no tiene mayores efectos sobre la seguridad de las personas, más cuando el problema sigue siendo que el acceso al mercado de armas en las principales ciudades sigue siendo ilegal, así como el uso de un arma no siempre genera disuasión sobre el atacante. "El problema que tiene de fondo esta medida es que, más allá de los marcos de regulación existentes para la adquisición y porte de armas, no regula tampoco el uso de las mismas. Menos frente a riñas, violencia intrafamiliar y uso indebido de las mismas. Ahora, en un país altamente polarizado políticamente, en la que ya ha habido actos de violencia política y con el riesgo de escalada en algunas zonas, no veo qué tan saludable es que exista una sociedad con mayor capacidad de acceso a armas, la verdad" dijo Chala. Por su lado, Carlos Alberto Zambrano, exmagistrado del Consejo de Estado, indicó que "si se encuentra alguna irregularidad o ilegalidad —que yo, por ahora, no veo—, podría llevar a demandarlo ante la Sección Primera del Consejo de Estado. Allí se tramitaría una demanda de nulidad del decreto mediante un trámite general, que implicaría el debido proceso: primero se estudia si se admite o no la demanda y, posteriormente, participan las partes. Luego se practican las pruebas y, en últimas, se dicta una decisión. En este caso, no veo que exista una contradicción con las normas superiores. La Ley 2535 de 1993 permite que se concedan permisos de tenencia y porte de armas, como los que había hasta el momento. Se trata de volver a los permisos originales".Para el general (r) Guillermo León, excomandante de la Fuerza Aérea Colombiana y presidente de la Asociación Colombiana de Oficiales en Retiro (Acore), "hay un faltante de personal de la Policía y de las Fuerzas Militares que no permite garantizar la seguridad de todos los ciudadanos. Esta medida podría ser disuasiva para que la delincuencia lo piense dos veces antes de efectuar algún delito. Se debe hacerle seguimiento a esta medida y a las cifras de los delitos en el país para evitar que se haga un efecto contrario a lo que busca el Gobierno".Redacción JusticiaJusticia@eltiempo.comMás noticias de Justicia: Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.