OpiniónEl paso de un sistema de competencia a un régimen complementario entre Colpensiones y las administradoras es un gran avance.PROFESOR ESCUELA DE ASUNTOS PÚBLICOS E INTERNACIONALES (SIPA) DE LA UNIVERSIDAD DE COLUMBIA, NUEVA YORK05.09.2026 23:15 Actualizado: 06.09.2026 00:01 Celebro la decisión de la Corte Constitucional de dar vía libre al grueso de la reforma pensional, con solo unos pocos artículos sujetos a aprobación final por parte de la Cámara de Representantes. He sido un firme defensor de la reforma. De hecho, participé al lado de la entonces ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, en la coordinación de los equipos que produjeron la versión original del proyecto de ley.El sistema pensional que determina la ley cuenta con tres pilares básicos más un cuarto, el de ahorro voluntario, que no fue objeto de reformas. En términos sociales, el más importante es el pilar solidario, que les dará un ingreso mensual equivalente a la línea de pobreza extrema a todos los adultos mayores en condición de pobreza y vulnerabilidad. Elimina, por lo tanto, la pobreza extrema de este grupo, con una cobertura mucho más amplia que el programa Colombia Mayor.El segundo pilar es el semicontributivo, para personas que hayan cotizado entre 300 y 999 semanas, menos de las que exige la ley para tener una pensión. Le dará a este grupo de personas una renta vitalicia con la garantía de un rendimiento real del 3 % anual sobre las cotizaciones realizadas y un subsidio del 30 % para mujeres y 20 % para hombres. Sustituye el mecanismo que entregaba los recursos ahorrados en un solo pago, pero se podría dejar la alternativa a los beneficiarios potenciales de este pilar a optar por ese pago.La reforma más importante del sistema está en el tercer pilar, el contributivo. Reemplaza al diseñado por la Ley 100, en el cual el sistema de reparto utilizado por Colpensiones competía con el de ahorro individual de los fondos de pensiones. Esto daba lugar a pensiones desiguales, con la tendencia de muchas personas que llegaban a la edad de jubilación a solicitar su traslado al régimen de prima media de Colpensiones, que otorgaba mejores beneficios. Bajo el nuevo régimen todos los afiliados deben cotizar a Colpensiones hasta 2,3 salarios mínimos y por encima de esta cifra, a las que ahora se llamarán administradoras del componente complementario de ahorro individual. Este paso de un sistema de competencia a un régimen complementario entre Colpensiones y estas administradoras es un gran avance.En términos sociales, el más importante es el pilar solidario, que les dará un ingreso mensual equivalente a la línea de pobreza extrema a todos los adultos mayores en condición de pobreza y vulnerabilidadLas estimaciones del Ministerio de Hacienda indican que el costo básico de la reforma para las finanzas públicas son los recursos adicionales para el pilar solidario, pero son modestos. El resto del sistema contará con los recursos adicionales que generarán las cotizaciones adicionales a Colpensiones por el pilar contributivo, que se acumularán en un fondo especial que manejará el Banco de la República. Sin embargo, los costos se harán cuantiosos desde 2067, cuando se agoten los recursos de ese fondo. De acuerdo con las decisiones de la Corte, algunos elementos de este fondo deben ser objeto de decisión por parte de la Cámara de Representantes.La Cámara tendrá que revisar otros temas. Entre ellos, uno importante son los beneficios adicionales para las mujeres, que incluyen la disminución de las semanas de cotización de 1.300 a 1.000 y una adición de 50 semanas cotizadas por hijo, hasta por tres hijos. Sin duda alguna, las menores oportunidades laborales con las que cuentan y sus tareas de cuidado exigen unos beneficios adicionales, pero ahora parecen excesivos. Las mujeres cuentan además con una edad de jubilación de 57 años vs. 62 para los hombres, y una mayor expectativa de vida. El beneficio más justificable es el de las semanas por hijo.Una reforma adicional deberá contemplar, además, los efectos de la transición demográfica. Debido a la longevidad, el aumento de las edades para pensionarse tendrá que adoptarse más temprano que tarde. Lo lógico sería transitar muy rápido hacia 60 años para jubilación de las mujeres y 65 para los hombres, acercándonos a las edades promedio de la región. Estas son, por lo demás, las edades que se contemplan en los pilares solidario y semicontributivo de la reforma.JOSÉ ANTONIO OCAMPO Sigue toda la información de Opinión en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal. BOLETINES EL TIEMPORegístrate en nuestros boletines y recibe noticias en tu correo según tus intereses. Mantente informado con lo que realmente te importa.EL TIEMPO GOOGLE NEWSSíguenos en GOOGLE NEWS. Mantente siempre actualizado con las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en Google News.EL TIEMPO WHATSAPPÚnete al canal de El Tiempo en WhatsApp para estar al día con las noticias más relevantes al momento.EL TIEMPO APPMantente informado con la app de EL TIEMPO. 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La reforma pensional
El paso de un sistema de competencia a un régimen complementario entre Colpensiones y las administradoras es un gran avance.








