El Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) precisó las normativas vigentes respecto a la validez y presentación de recetas para la adquisición de remedios. En el caso específico de los psicofármacos, la receta duplicada resulta obligatoria. Sin embargo, el formato requerido varía de acuerdo al territorio en el que se realice la prescripción.
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Para los afiliados que se atiendan en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), el profesional de la salud tiene que emitir e imprimir una receta común blanca. En tanto, en la provincia de Buenos Aires, el duplicado se debe confeccionar en una receta rosa física emitida por el médico prescribiente. En ambos distritos, la orden en soporte físico tiene que acompañarse obligatoriamente con la receta electrónica (blanca) de PAMI.
Por otra parte, para el retiro efectivo de remedios en las farmacias, los beneficiarios deben presentar su DNI junto con la credencial de PAMI en cualquiera de sus formatos vigentes. En el caso de medicamentos especiales, tales como tratamientos oncológicos, antirretrovirales y psicofármacos, se solicita de manera adicional la receta impresa y firmada por el médico.







