En medio del inicio de septiembre 2026, cerca de 790 579 de adultos mayores de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) se preparan para recibir su pensión a través del Banco de la Nación. Así, como todos los meses, los primeros en cobrar serán los del Decreto Ley n.º 19990, según la letra inicial de su apellido paterno, seguido de los jubilados de la Ley n.° 20530; mientras que los empleados del sector público podrán disponer de su dinero recién a partir de la tercera semana. Este aporte, establecido por un cronograma de pagos, representa una gran oportunidad para esta parte de la población nacional, ya que podrán cubrir sus principales necesidades básicas como, por ejemplo, alimentos, medicinas o el pago del arriendo de la vivienda. En la siguiente nota te contamos todo lo que debes saber al respecto.Actualmente, 715 422 de adultos mayores de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), afiliados al Decreto Ley 19990, serán los primeros en cobrar el pago de su pensión a partir de este 7 de septiembre. Por ello, este grupo deberá acercarse al Banco de la Nación o esperar el abono en su cuenta de ahorros. Inclusive, podrán desembolsar su dinero, en caso lo hayan solicitado, en las agencias del BBVA, Banco GNB, BanBif e Interbank, según la letra inicial del apellido paterno de cada pensionado. En tanto, el 11 de septiembre se efectuará el pago a 75 157 pensionistas pertenecientes a los regímenes 20530, 18846, Régimen Especial Pesquero y Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. Por consiguiente, te presentamos las fechas establecidas para que los pensionistas cobren su dinero:Pensionistas con apellidos que inicien con las letras A-C | lunes 7 de septiembrePensionistas con apellidos que inicien con las letras D-L | martes 8 de septiembrePensionistas con apellidos que inicien con las letras M-Q | miércoles 9 de septiembrePensionistas con apellidos que inicien con las letras R-Z | jueves 10 de septiembrePago a domicilio | del lunes 14 al miércoles 23 de septiembre.La Oficina de Normalización Previsional indicó que los afiliados facultativos que mantienen sus aportes pueden acceder a una pensión por invalidez si un accidente o una enfermedad les impide desempeñar una actividad laboral de forma temporal o para toda la vida. Sin embargo, la ONP informó que, entre los requisitos indispensables al momento de haber ocurrido el accidente, figura haber realizado como mínimo 12 meses de aportes durante los últimos tres años, así como presentar un certificado médico emitido por EsSalud, Minsa o una entidad autorizada. Esto permitirá que el asegurado obtenga un ingreso mensual a través del Banco de la Nación y cobertura de salud durante el proceso de rehabilitación o de manera permanente. Es importante recordar que, en caso de fallecimiento, la familia, ya sea pareja, hijos o padres, accederán a una pensión de supervivencia, según corresponda, conforme comparte el diario El Peruano.