NoticiaJosé Albino Ibagué fue hallado culpable de prevaricato. Con su decisión canceló una orden de captura y declaró la prescripción de varios delitos.La decisión fue proferida por la Corte Suprema de Justicia. Foto: CortesíaPERIODISTA JUDICIAL28.08.2026 14:57 Actualizado: 28.08.2026 15:00

La Corte Suprema de Justicia condenó al exmagistrado José Albino Ibagué por prevaricato por acción, tras concluir que profirió una decisión contraria a la ley con la que terminó reabriendo un proceso penal que ya estaba en firme contra el exalcalde de Aguazul (Casanare), Carlos Arturo Ramírez.El caso se remonta a una decisión que tomó Ibagué el 28 de septiembre de 2012, cuando intervino en una acción de tutela promovida por la defensa de Carlos Arturo Ramírez, exalcalde de Aguazul (Casanare). Para la Corte, el entonces magistrado expidió un auto “manifiestamente contrario a la ley” y lo hizo con pleno conocimiento de su ilegalidad.La decisión terminó alterando el curso de un proceso penal que ya estaba en firme. Según estableció la Sala, Ibagué habilitó nuevos términos procesales, permitió que las partes volvieran a intervenir sobre asuntos que ya habían sido definidos y generó las condiciones para que posteriormente se declarara la prescripción de varios delitos y se promoviera un nuevo recurso extraordinario de casación.Detrás del trámite estaba la condena contra el exalcalde Ramírez por peculado por apropiación en favor de terceros, interés ilícito en la celebración de contratos y contrato sin cumplimiento de requisitos legales.Bogota noviembre 5 de 2024. Palacio de justicia. Foto:Milton Diaz / El TiempoRamírez había sido condenado por la Sala Penal del Tribunal Superior de Yopal a 22 años de cárcel y la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema había inadmitido, el 13 de septiembre de 2011, la demanda de casación presentada contra esa sentencia.Pese a que la condena estaba ejecutoriada desde septiembre de 2011, el entonces magistrado ordenó habilitar nuevos términos procesales. La decisión permitió reabrir la actuación y llevó a que el Tribunal de Yopal cancelara la orden de captura contra Ramírez, declarara la prescripción de varios delitos contra la administración pública y concediera un nuevo recurso de casación.Para la Corte, esta decisión “no se trató de una simple discrepancia interpretativa ni de una determinación jurídicamente discutible, sino de una providencia que incorporó efectos expresamente excluidos por el ordenamiento y desconoció de manera ostensible la firmeza de una actuación penal definitivamente concluida”.La Sala también concluyó que Ibagué actuó con dolo. Para llegar a esa conclusión tuvo en cuenta su amplia trayectoria como abogado, docente y magistrado, pero también las advertencias que recibió de sus propios compañeros durante las deliberaciones sobre la imposibilidad de utilizar una tutela para revivir una actuación que ya había terminado.“El acusado conocía el alcance jurídico de la decisión que adoptó y las consecuencias procesales que razonablemente se derivaban de ella”, señaló la Corte.Por ahora, el exmagistrado no será capturado. La Sala consideró que no era necesario ordenar su detención inmediata debido a que ha comparecido en libertad durante el proceso. Su situación frente al cumplimiento de la pena y los eventuales subrogados será definida cuando se profiera la sentencia definitiva.Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.