NoticiaPodría enfrentar penas si se prueba un exceso en la fuerza, disparos en huida o porte ilegal del arma empleada.Ciudadano mató a ladrón que le hurtó una cadena de valor. Foto: pasa_enbogota / Google MapsPERIODISTA28.08.2026 14:41 Actualizado: 28.08.2026 14:41

Un violento suceso registrado en el barrio Nueva Marsella, en la localidad de Kennedy del suroccidente de Bogotá, reabrió el debate sobre la legítima defensa en Colombia.Hacia las 10:24 de la mañana del pasado 27 de agosto, un presunto delincuente asaltó a un ciudadano para despojarlo de una cadena de oro. Sin embargo, en medio del atraco, la víctima del hurto reaccionó accionando su arma de fuego de propiedad contra el agresor, causándole la muerte en el lugar de los hechos. LEA TAMBIÉN Las autoridades que atendieron el caso confirmaron que el asaltante abatido tenía en su mano izquierda la joya hurtada y en su mano derecha sostenía un revólver negro con el dedo en el disparador, listo para accionar. Ante este escenario, el ciudadano que disparó se presentó de inmediato ante las autoridades para rendir su declaración. La gran incógnita que surge es si esta persona podría terminar en la cárcel por haber matado al asaltante.Imagen de referencia. Foto:iStockDesde la perspectiva del derecho penal colombiano, la persona que accionó el arma no debería ir a la cárcel si logra probarse que actuó estrictamente bajo la causal de legítima defensa, amparada en el artículo 32 (numeral 6) del Código Penal."Se obre por la necesidad de defender un derecho propio o ajeno contra injusta agresión actual o inminente, siempre que la defensa sea proporcionada a la agresión (...) Se presume la legítima defensa en quien rechaza al extraño que, indebidamente, intente penetrar o haya penetrado a su habitación o dependencias inmediatas", se lee en el númeral del artículo ya señalado. LEA TAMBIÉN Pistola Foto:iStockAdemás, para que un juez reconozca la ausencia de responsabilidad penal, la ley exige el cumplimiento de tres requisitos clave:Agresión injusta e inminente: existía un ataque real contra la vida y el patrimonio de la víctima.Necesidad de la defensa: la acción armada era el medio indispensable para repeler el peligro en ese instante.Proporcionalidad del medio: el uso de la fuerza debe guardar equilibrio con la amenaza recibida.Teniendo en cuenta este contexto y relacionándolo al caso de Kennedy, los hechos sustentan la idea de que la víctima del atraco de la cadena no tendría alguna responsabilidad judicial. El presunto ladrón tenía un revólver y estaba preparado para disparar, lo que representaba un peligro grave e inmediato para la vida. Por eso, el uso de un arma como respuesta podía considerarse proporcional a la situación. LEA TAMBIÉN ¿Cuándo sí podría ir a la cárcel?Imagen de referencia. Foto:iStockEl primer escenario donde el ciudadano podría ir a la cárcel ocurre al incurrir en un exceso en la legítima defensa, regulado en el artículo 32 del Código Penal (Ley 599 de 2000). Si la Fiscalía demuestra que la persona continuó disparando cuando el delincuente ya se encontraba sometido, herido de gravedad en el suelo o dándose a la fuga sin representar una amenaza inminente, "la conducta deja de estar amparada por la ley y el procesado respondería por homicidio", aunque con "una sanción atenuada conforme a los criterios de punibilidad por exceso".El segundo motivo determinante se relaciona con "el delito autónomo de porte ilegal de armas de fuego", tipificado en el artículo 365 del Código Penal. Aunque la acción de disparar haya sido proporcionada y necesaria para salvar la vida durante el atraco, "si la persona no cuenta con el salvoconducto expedido por las autoridades militares o el permiso vigente para la tenencia del arma", enfrentará un proceso penal independiente que "contempla penas de prisión de 9 a 12 años", sin importar que haya actuado para defenderse.FELIPE SANTANILLA AYALAREDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS Sigue toda la información de Bogotá en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.