El Tribunal Constitucional (TC) resolvió rechazar el reclamo que presentó el gobierno confirmando el artículo 31 de la denominada megarreforma que impulsó el Ministerio de Hacienda. Esto luego que durante, esta mañana el pleno del TC, encabezado por su presidenta por la abogada María Pía Silva escuchara el alegato del abogado Joaquín Palma durante 20 minutos.El artículo 31 de la megarreforma, impulsado por la diputada Ana María Gazmuri y otros parlamentarios, obliga a las empresas de servicios básicos a reconectar de forma gratuita a hogares y Mipymes en zonas de catástrofeSe trata de una dura derrota para el Ejecutivo que había advertido que el polémico artículo imputado por los diputados de oposición infringe el artículo 69 de la Constitución Política de La República (CPR).La norma también era cuestionada por las empresas distribuidoras de agua potable, electricidad y gas, las cuales con con el artículo deberán reconectar gratuitamente los servicios en zonas afectadas por los incendios de Valparaíso, Ñuble y Biobío, incluso en aquellos casos en que el suministro haya sido suspendido previamente por falta de pago.La postura del gobierno fue apoyada por gremios de servicios básicos. Así, la Asociación de Empresas de Gas Natural (AGN), la Asociación de Empresas Eléctricas (EEAG) y la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Sanitarios (ANDESS) también acudieron al TC para impugnar el cuestionado artículo del proyecto de ley.Los abogados de los gremios de las firmas afectadas pidieron que se realizara una audiencia en la que ellos pudieran exponer sus argumentos, pero el TC rechazó esta petición, asegurando que previo a la vista de la causa se tendrán presentes sus escritos para la resolución.Diputada Ana María Gazmuri. AlegatoEn su alegato, el abogado Joaquín Palma expuso que el Ejecutivo hizo empresa reserva de derechos durante la tramitación del proyecto de ley. En particular sostuvo que la aplicación del polémico artículo atentaba en contra de la vida de las personas que supuestamente serían beneficiadas y los trabajadores de las empresas de gast.“El artículo 31 del proyecto, como se ha señalado en los antecedentes, nunca fue examinado por las comisiones competentes de Energía ni de Obras Públicas. No contó con informe técnico alguno, pese a que el propio Ministerio de Energía advirtió la falta de fundamento técnico en los plazos que se imponen a las concesionarias; las cuales, por lo demás, nunca fueron oídas en el proceso legislativo”, sostuvo el abogado.TC rechazó por 9 votos contra 1 el reclamo del gobierno. JAVIER SALVO/ATON CHILE “Ese déficit, Su Señoría, y aquí quiero ser claro, significa que al incorporar esta norma estamos introduciendo al ordenamiento jurídico un precepto que arriesga vidas. Como es bien sabido, la norma impone un plazo único de 48 horas para reconectar electricidad y gas, ignorando que, por ejemplo, la normativa sectorial actual exige para el gas una verificación de las instalaciones interiores, cliente a cliente, previa a la reconexión, precisamente para evitar el riesgo de explosiones o fugas”, añadió. “Un plazo idéntico de 48 horas, una vez activada la ley de catástrofes, fuerza entonces a las cuadrillas de trabajadores a reponer los servicios básicos bajo presión, arriesgando su propia vida e integridad, y no solo la de ellos, sino también la de las comunidades que tienen que reconectar”, concluyó.NEWSLETTERPulso PMLunes a viernes, 12:30 PMLo más relevante en mercados, empresas y negocios: información oportuna, contexto y contenido para tomar mejores decisiones.Al suscribirte estás aceptando los Términos y Condiciones y las Políticas de Privacidad de La Tercera.