Catedral de Manizales, Bien de Interés Cultural, tras el terremoto.Foto: EFE - Juan Augusto CardonaResume e infórmame rápidoEscucha este artículoAudio generado con IA de Google0:00/0:00Aunque el Ministerio de las Cultura emitió la Resolución 0536 del 18 de agosto de 2026, con la que autoriza intervenciones de emergencia en Bienes de Interés Cultural (BIC) afectados por el terremoto del pasado 10 de agosto, permanecen las preguntas sobre qué pasará con el patrimonio que necesite una restauración de fondo.Los interrogantes se abren sobre todo porque, según el balance que hizo esa cartera, al menos 22 de los 40 bienes que reportaron afectación quedaron en grado alto. Eso significa que probablemente necesitarán una reparación estructural que la resolución, tal como está redactada, no permite.En contexto: El impacto del terremoto en el patrimonio cultural: 40 bienes afectados, según MinCulturas“No se autoriza realizar acciones de demolición, reparación, reforzamiento estructural definitivo, reconstrucción, ampliación, restauración ni modificación de los sistemas estructurales del inmueble o cualquier otra intervención que exceda las medidas necesarias para atender la emergencia”, se lee en el documento.La medida, además, tiene una vigencia limitada. El propio texto establece que la autorización rige por seis meses y aplica únicamente a bienes ubicados en Caldas, Valle del Cauca, Risaralda, Quindío, Cauca, Antioquia y Chocó, los departamentos donde el Ministerio identificó las mayores afectaciones.El caso de la Catedral de ManizalesEl documento no permite, entonces, intervenciones profundas como la que necesita, por ejemplo, la Catedral de Manizales.La torre de ese templo es, tal vez, el caso que mejor ilustra el límite de la resolución. Alberto Escovar, arquitecto y exdirector de Patrimonio y Memoria, le dijo a este diario hace unos días que el desafío ahí no se resuelve con primeros auxilios. “Muy seguramente va a haber necesidad de mover esa torre y de volverla a reconstruir”, afirmó. Además, no es una obra menor, pues el templo, construido en concreto armado hace casi un siglo, usa técnicas constructivas hoy en desuso.Le puede interesar: El camino para restaurar las iglesias que sufrieron daños durante el terremotoPara las obras que vayan más allá de esos primeros auxilios, el Artículo 6 establece un trámite adicional. La resolución señala que, en ese caso, “el interesado deberá realizar el trámite respectivo ante el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, a efecto de dar cumplimiento con lo dispuesto en el Régimen Especial de Protección”.Es decir, la reconstrucción de la torre de la Catedral de Manizales no queda cubierta por esta autorización de emergencia, sino que requiere una solicitud independiente. “Lo anterior, sin perjuicio de los permisos, licencias o autorizaciones que en materia de control urbano deba obtener el interesado ante las autoridades municipales o distritales competentes”, añade el documento.La medida sí representa un alivio para los lugares donde las acciones necesarias son, principalmente, de auxilio. Ese es el caso de Jardín, según dijo hace unos días el secretario de Planeación municipal, uno de los centros históricos afectados por el sismo. Lea aquí: Las grietas que dejó el terremoto en los pueblos patrimonio de Colombia“Claramente vemos con buenos ojos la resolución del Ministerio porque eso despeja dudas respecto a la responsabilidad de los propietarios con las intervenciones que son necesarias en este momento”, señaló.Entre las acciones que pemite la resolución están puntalar muros y placas con soportes provisionales, retirar o asegurar elementos sueltos que puedan caerse y cubrir cubiertas y vanos que quedaron expuestos. También se pueden cercar los predios “para garantizar la seguridad ante saqueos y/o vandalismo”, y señalizar el acceso a las zonas de mayor riesgo.Conoce másTemas recomendados: