Imagen de referencia.Foto: Getty Images/iStockphoto - Getty ImagesResume e infórmame rápidoEscucha este artículoAudio generado con IA de Google0:00/0:00El Gobierno Nacional publicó el decreto 1261 de 2026, con el que hizo oficial la declaratoria de emergencia económica por el terremoto que sacudió al país el pasado 10 de agosto. El anuncio se formalizó este mipercoles con la publicación del documento por parte del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre).Según el más reciente reporte de Medicina Legal, hasta el momento se cuentan 319 muertos por el terremoto, mientras que en afectaciones a viviendas a infraestructura se tienen a más de 54.000 familias y más de 115.000 personas, según cifras de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).Alivios económicos ya anunciadosEl Ministerio de Hacienda había anunciado, antes de este decreto, el aplazamiento de obligaciones relacionadas con la declaración de renta para las personas afectadas por el terremoto, dentro de un paquete de alivios tributarios y financieros. Esa medida ya quedó en firme mediante otro decreto presidencial.Por su parte, a través de un comunicado publicado el pasado 12 de agosto, Asobancaria (el gremio de bancos y entidades financieras del país) informó que la banca trabaja en dos frentes: el restablecimiento del servicio en las oficinas afectadas y un plan de alivios para las personas y empresas damnificadas. El gremio explicó que ese plan contempla atención prioritaria a los clientes de las zonas afectadas, periodos de gracia de hasta 12 meses en los casos de mayor afectación, redefinición de plazos y condiciones, protección del historial crediticio, y la suspensión temporal de las gestiones de cobro jurídico y prejurídico a los deudores damnificados. Según el Asobancaria, estas medidas podrían beneficiar a un potencial de 2,8 millones de usuarios en las zonas impactadas. ¿Qué es la emergencia económica?Es un estado de excepción que puede tomar el presidente cuando el país enfrenta una situación grave que afecta la economía o el bienestar de la población. Le permite expedir decretos con fuerza de ley, sin pasar por el Congreso, para actuar con rapidez.Esta figura está contemplada en el artículo 215 de la Constitución y puede durar hasta 30 días, con la posibilidad de prorrogarla por otros 30 más, aunque el uso acumulado no puede superar los 90 días dentro de un mismo año. Una vez decretada, la Corte Constitucional debe revisarla y decidir si la situación realmente justificaba su uso, mientras el Congreso conserva la facultad de ejercer control político sobre las medidas adoptadas.El plan de reconstrucciónAntes de la publicación del decreto de emergencia económica, el Gobierno ya había anunciado el llamado ‘Plan Milagro de Reconstrucción’, la estrategia con la que busca coordinar la atención inmediata y la reconstrucción de las zonas afectadas, en articulación con la UNGRD, el Ministerio de Vivienda, empresarios y entidades territoriales. El plan contempla tres fases: en la primera, la UNGRD entregará subsidios de arrendamiento a las familias que deban abandonar temporalmente sus viviendas, mientras un grupo de profesionales recorrerá las zonas afectadas para clasificar las edificaciones según su nivel de daño: cuáles pueden repararse, cuáles necesitan intervención estructural y cuáles deberán reemplazarse. Con ese diagnóstico, la segunda fase buscará entregar, junto con Camacol, proyectos de Vivienda de Interés Social ya terminados a las familias que perdieron su casa, bajo un esquema de financiación mixta llamado “Todos Ponen”, que combina subsidios del Gobierno, las cajas de compensación y contrapartidas del sector empresarial. La última fase, prevista para 2027 y 2028, contempla la entrega de vivienda nueva y mejoramientos adicionales, además de infraestructura complementaria como colegios, vías y puestos de salud, financiada con mecanismos como obras por impuestos y regalías.Situación de desastre nacionalLa declaratoria de emergencia económica se enmarca en una serie de decisiones que el Gobierno ha tomado desde el sismo del 10 de agosto. En la noche del 11 de agosto, el presidente Abelardo De la Espriella había firmado el Decreto 1171 de 2026, que declaró la situación de desastre de carácter nacional con fundamento en la Ley 1523 de 2012.Esa figura activó los protocolos de respuesta de la UNGRD, habilitó el uso prioritario del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y permitió a las entidades territoriales contratar obras de emergencia de manera directa, sin los trámites ordinarios de licitación.💰📈💱 ¿Ya se enteró de las últimas noticias económicas? Lo invitamos a verlas en El Espectador.Conoce másTemas recomendados: