El Gobierno nacional declaró la situación de desastre de carácter nacional luego del sismo de magnitud 7,4 registrado el 10 de agosto de 2026. La emergencia comprende inicialmente a 13 departamentos y tendrá una duración de 12 meses, prorrogable por un periodo igual. Coopebombas pone a disposición 8.200 taxis gratuitamente en Medellín para ayudar por la emergencia; así funcionará el apoyoEs importante precisar que el Decreto 1171 de 2026 no asigna nuevas funciones específicas al Ministerio de Transporte ni a sus entidades adscritas. Lo que hace es activar el régimen especial previsto en la Ley 1523 de 2012 y vincular al sector a las labores de respuesta y recuperación de la emergencia. ¿Qué cambia para el sector transporte?La responsabilidad del sector es garantizar la accesibilidad y el transporte durante la emergencia. Además, trabajar en coordinación con la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), en la elaboración y ejecución del Plan de Acción Específico para la Recuperación.Cada entidad deberá aportar la evaluación de daños y análisis de necesidades de su respectivo sector. Esto significa que la emergencia no solo implica atender las vías que resultaron afectadas, sino también coordinar la recuperación de los diferentes modos de transporte.El Invías y la ANI deberán priorizar la evaluación de daños y las labores de rehabilitación de la infraestructura vial nacional que está bajo su responsabilidad, tanto en la red no concesionada como en la concesionada. La instrucción contempla prestar especial atención a los cierres de vías y a los puentes afectados. Por ejemplo, MinTransporte ya rehabilitó la vía San José del Palmar, en Chocó. Foto: Composición SEMANA | Fotos tomadas de X/@MinTransporteCoANI elimina cobro de peajes para algunos vehículos con ayuda humanitaria: esta es la listaLa Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) tendrá que apoyar la movilización segura de los vehículos de emergencia y de ayuda humanitaria por las carreteras afectadas. En el caso de la Aerocivil, deberá verificar las condiciones de operación y seguridad de los aeropuertos ubicados en las zonas afectadas, especialmente aquellos que presenten daños estructurales. También deberá habilitar los corredores aéreos necesarios para transportar ayuda humanitaria y realizar evacuaciones médicas.Mientras tanto, la Superintendencia de Transporte deberá ejercer vigilancia y control sobre los operadores que participen en la atención de la emergencia, con el objetivo de garantizar la continuidad del servicio público de transporte en las zonas afectadas. Recursos para la recuperaciónOtro punto relevante para el sector es que los recursos destinados a la respuesta y recuperación serán canalizados a través de la Subcuenta SISMO 2026 del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.De acuerdo con la circular del Ministerio de Transporte, las solicitudes de recursos correspondientes al sector deberán formularse por ese conducto. Además, el decreto establece que, para efectos de las medidas que dependan de esa condición, serán consideradas damnificadas las personas que aparezcan registradas en el Registro Único de Damnificados (RUD) consolidado por la UNGRD. Así estarán los terminales y la movilidad de Bogotá este puente festivo: ¿habrá pico y placa regional?
Esto cambia para el sector transporte con el nuevo decreto del Gobierno en medio de la emergencia
El Decreto 1171 expedido por MinTransporte está enfocado en las vías y los aeropuertos.















