El Ministerio de Salud de la Nación reglamentó el cobro de la atención sanitaria a extranjeros no residentes en los hospitales que administra el Estado nacional. La medida se formalizó a través de la Resolución 1066/2026, firmada por el ministro Mario Lugones y publicada este martes en el Boletín Oficial, que aprobó el “Procedimiento operativo para la atención sanitaria de personas extranjeras en los establecimientos sanitarios administrados por el Estado Nacional”. La norma reglamenta los cambios que el DNU 366/2025 había introducido en el artículo 8° de la Ley de Migraciones y entrará en vigencia a partir de este miércoles.

La resolución alcanza en concreto a los cinco hospitales que desde julio de 2025 están bajo la órbita de la Administración Nacional de Establecimientos de Salud (ANES), organismo creado por el Decreto 459/2025 dentro del Ministerio de Salud: el Hospital Nacional “Profesor Alejandro Posadas”, el Hospital Nacional “Doctor Baldomero Sommer”, el Hospital Nacional y Comunidad “Dr. Ramón Carrillo”, el Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur “Doctor Juan Otimio Tesone” (INAREPS) y el Hospital Nacional en Red Especializado en Salud Mental y Adicciones “Licenciada Laura Bonaparte”. La norma no aclara sobre otros hospitales de alta complejidad —como el Garrahan— que funcionan como entes descentralizados con conducción compartida entre Nación y otras jurisdicciones.