Héctor Iván ‘N’, de 35 años, fue detenido luego de que presuntamente empujó a un adulto mayor, quien fue proyectado a la avenida Ruiz Cortines y fue atropellado por un tráiler, en Monterrey, Nuevo León.En principio, la muerte de la víctima fue investigada como un accidente vial; sin embargo, el momento fue captado en video por cámaras de seguridad y se pudo identificar al sospechoso. Éstas serían las penas que podría enfrentar el implicado.¿Qué penas podría enfrentar Héctor Iván ‘N’?A pesar de que las autoridades no han informado cuál o cuáles son los delitos que podría enfrentar Héctor Iván ‘N’, el Código Penal del estado de Nuevo León contempla sanciones por un caso como este.La naturaleza específica del delito y su sanción dependerán de la intención del agresor (Héctor Iván ‘N’) y de las circunstancias que rodearon el empujón. El delito principal sería homicidio.Un detalle clave para establecer la sanción es determinar si Héctor Iván ‘N’ vio o sabía que el tráiler estaba cerca y aun así empujó a la víctima. En cualquier caso, que la víctima sea adulto mayor incrementa la responsabilidad penal y la severidad de las penas.El artículo 331 bis 8 establece que la sanción se agravará hasta en una mitad más cuando la víctima es una persona adulta mayor (más de 60 años).Si Héctor Iván ‘N’ no vio que venía el tráilerSi Héctor Iván ‘N’ empujó a la víctima con la intención de agredirla físicamente, pero sin prever ni desear su muerte (la cual ocurrió después con el tráiler), el delito sería configurado como un homicidio preterintencional.Según el artículo 29, obrar preterintencionalmente se refiere a que, cuando por la forma y medio de ejecución, se acredita plenamente que el resultado excedió el propósito del implicado.En este caso, si la autoridad determina que Héctor Iván ‘N’ quería empujar (lesionar o agredir), pero no matar a la víctima, sería un homicidio preterintencional.Sanción: en los casos de este delito, el artículo 315 remite a las reglas del artículo 29, el cual permite que el juez disminuya la pena hasta en las dos terceras partes de la sanción que correspondería al delito consumado. El homicidio simple es sancionado con 15 a 25 años; con las reglas del artículo 29, sería establecido de 10 a 16.6 años.Pena final en este supuestoSin embargo, al ser la víctima un adulto mayor, la sanción (10 a 16.6 años) se agrava en una mitad más, con lo que la pena final vuelve a ser de 15 a 25 años de prisión (según lo establecido en el artículo 331 bis 8).