En una decisión 5-4, el Tribunal Supremo de Puerto Rico decidió consolidar y atender directamente las dos demandas que la administración de Jenniffer González presentó para anular el contrato de LUMA Energy.Los jueces asociados Roberto Feliberti Cintrón, Luis Estrella Martínez, Mildred Pabón Charneco, Camille Rivera Pérez y Raúl Candelario López votaron a favor de acoger el caso, como habían reclamado los demandantes: la gobernadora, por un lado, y la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y la Autoridad para las Alianzas Público Privadas (AAPP), por otro.La jueza presidenta Maite Oronoz Rodríguez y los asociados Ángel Colón Pérez, Erik Kolthoff Caraballo y Rafael Martínez Torres disintieron de la mayoría.La resolución del Tribunal Supremo dispuso que los demandantes tendrán 30 días para someter su alegato en favor de la cancelación del contrato del operador del sistema de transmisión y distribución eléctrica, mientras LUMA tendrá un término similar para replicar con sus propios argumentos. 1 / 9 | Conoce a los 9 jueces del Tribunal Supremo de Puerto Rico. Maite D. Oronoz - Fue nombrada como jueza presidenta el 12 de febrero de 2016 por el entonces gobernador Alejandro García Padilla y ratificada por el Senado presidido por Eduardo Bhatia 10 días después. (GFR Media)La primera demanda en busca de anular la validez del contrato de LUMA fue radicada el 11 de diciembre de 2025, por parte de la AEE y la AAPP, mientras que la primera ejecutiva presentó un segundo recurso cinco días después. En ambos casos, LUMA removió los pleitos al Tribunal Federal, bajo la premisa de que la controversia debía resolverse a la luz del Título III de la ley Promesa, que atiende la reorganización financiera de la AEE.La jueza federal Laura Taylor Swain, sin embargo, determinó que ambos casos deben resolverse a la luz del derecho puertorriqueño, mientras que el Primer Circuito de Apelaciones en Boston ordenó que los pleitos siguieran su curso, en tanto atiende un recurso de revisión de LUMA. El operador privado, a su vez, se había opuesto a que el Tribunal Supremo atendiera el caso en primera instancia.