El Gobierno desreguló el sistema courier y puerta a puerta con cambios que facilitan las compras personales en el exterior y eliminan el límite de valor para las exportaciones comerciales por Correo Argentino, pero la reforma no libera a los usuarios de controles, impuestos ni responsabilidades ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Se duplicaron las compras vía courier en lo que va del año

El nuevo esquema, establecido mediante el Decreto 604/2026 y las resoluciones generales 5884 y 5886, modifica la operatoria de importadores, consumidores, emprendedores y PyMEs, aunque mantiene condiciones que pueden excluir un envío del régimen simplificado.

Uno de los puntos centrales es la equiparación de las exenciones aplicables a las importaciones realizadas mediante el Correo Argentino y las que ingresan por prestadores privados de servicios postales o courier. Para las compras personales, los envíos pueden alcanzar un valor FOB de hasta u$s3.000, contener hasta tres unidades de la misma especie y no presumir una finalidad comercial.

Dentro de ese esquema, los primeros cinco envíos anuales por persona quedan exentos del pago de derechos de importación y de la tasa de estadística hasta un valor FOB de US$400 por envío. Cuando se supera ese monto o el cupo anual, la mercadería queda alcanzada por los tributos correspondientes al régimen general.