Por Natale Amprimo Plá es abogado constitucionalista namprimo@comercio.com.pe Actualizado el 05/08/2026, 05:30 a.m.Este resumen es generado por inteligencia artificial y revisado por la redacción.Ilustración: Giovanni Tazza Conforme al artículo 104 de la Constitución Política del Perú, el Congreso puede delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar, mediante decretos legislativos, sobre materia específica y por plazo determinado establecido en la ley autoritativa.Seguir temasConforme a los criterios deTipo de trabajo: OpiniónBasada en la interpretación y juicio de hechos y datos hechos por el autor.
Decretos legislativos: control ex ante y ex post
Conforme al artículo 104 de la Constitución Política del Perú, el Congreso puede delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar, mediante decretos legislativos, sobre materia específica y por plazo determinado establecido en la ley autoritativa.








