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El juez Juan Gustavo Varillas Solano es célere y expeditivo, pero por eso mismo pone en duda sus acciones, tratándose de casos societarios o comerciales muy complejos. En el caso de la compra-venta del Grupo El Comercio sólo habría tenido un máximo de tres días y medio para estudiar la demanda y conceder la medida cautelar de no innovar a favor de los accionistas Hernando López de Romaña Dalmau, Alois Miró Quesada Koechelin y Arthur do Naascimiento Silva.
De acuerdo con información obtenida por La República, la demanda se presentó al Séptimo Juzgado Civil Subespecialidad Comercial en algún momento del martes, 21 de julio de 2026.
Si se presentó a primerísima hora, el juez la recibió de inmediato, tiene carga cero, es decir no hay otros casos previos, por lo que se pone en ese mismo momento a evaluar la solicitud de medida cautelar, el plazo en que resolvió es de tres días y medio.
En el sistema de notificaciones electrónicas de la Corte Superior de Justicia de Lima, según los documentos trascendidos a la prensa, el juez resolvió la medida cautelar a las 12.19 p. m. del jueves, 30 de julio de 2026. El documento pasó ese mismo día al secretario del juzgado para su notificación, a las 12.23 p. m.






