NoticiaLa Fiscalía confirmó el listado de delitos que tendrán que afrontar los señalados, entre estos la mujer Yulieth Angulo, principal sospechosa. María Camila Potosí fue asesinada tras desaparecer en Cali. Foto: Archivo particularPERIODISTA03.08.2026 08:10 Actualizado: 03.08.2026 08:10
Tras el hallazgo del cuerpo de la bebé que esperaba María Camila Potosí Gómez, la ciudadana de 21 años que había desaparecido el pasado 16 de julio en el sur de Cali, se inició el proceso contra cinco personas, cuatro hombres y una mujer, quienes son los señalados de extraerle a la niña del vientre materno de manera violenta y causar la muerte de María Camila, quien fue encontrada sin vida el pasado lunes 20 de julio, en una zona boscosa a orillas del río Meléndez, amarrada y con signos de tortura. La investigación técnica y científica permitió establecer que la muerte de ambas víctimas ocurrió de manera simultánea en una vivienda del sector de Polvorines.Los delitos que les imputaron a los cinco capturados: las penas que tendrían que pagarLa Fiscalía General de la Nación informó en un reciente comunicado este 2 de agosto de 2026 que, tras la primera audiencia concentrada, se dictó medida de aseguramiento en centro carcelario contra los implicados. De acuerdo con la entidad de investigación e imputación, los procesados son "Yulieth Cecilia Angulo Escobar, Nitzon Stiven Mondragón Cuero, Kevin Alexis López Orozco, Juan José Narváez Rodríguez y Edwin García Zuluaga, por su presunta participación en el crimen de una mujer en etapa de gestación". Según el ente acusador, los cinco detenidos no aceptaron los cargos que les fueron formulados de acuerdo con su participación individual en los hechos.El pliego de cargos presentado por el ente investigador incluye delitos de extrema gravedad. El comunicado oficial detalla que “estas personas fueron imputadas, de acuerdo con su participación individual, por los delitos de feminicidio, secuestro simple y desaparición forzada, los tres agravados; así como alteración de elemento material probatorio". De acuerdo con el Código Penal Colombiano, bajo la Ley 1761 de 2015, el delito de feminicidio en su artículo 104A contempla una pena de “doscientos cincuenta (250) meses a quinientos (500) meses” para quien cause la muerte a una mujer por su condición de serlo. Sin embargo, al tratarse de un feminicidio agravado bajo el artículo 104B, “la pena será de quinientos (500) meses a seiscientos (600) meses de prisión”.Respecto al secuestro simple, el artículo 168 de la Ley 599 de 2000 establece una sanción de doce a veinte años de cárcel. No obstante, las circunstancias de agravación punitiva estipulan que la pena aumenta significativamente si la conducta se comete contra una mujer embarazada. En cuanto a la desaparición forzada, el artículo 268-A indica una prisión de veinticinco a cuarenta años, además de una "multa de quinientos (500) a dos mil (2.000) salarios mínimos legales vigentes y en interdicción de derechos y funciones públicas de cinco (5) a diez (10) años". No obstante, al considerarse agravado, el artículo 268-B señala que la condena será de cuarenta a sesenta años “cuando por causa o con ocasión de la desaparición forzada le sobrevenga a la víctima la muerte” y "si se somete a la víctima a tratos crueles, inhumanos o degradantes durante el tiempo en que permanezca desaparecida, siempre y cuando la conducta no configure otro delito". Finalmente, por el delito de ocultamiento o alteración de elemento material probatorio, contemplado en el artículo 454-B, los implicados podrían enfrentar de cuatro a doce años adicionales de prisión.*Noticia en desarrollo... Sigue toda la información de Colombia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.















