Un rescatista de Cruz Verde Salvadoreña trabaja en el lugar donde tres obreros quedaron soterrados durante un accidente laboral en Antiguo Cuscatlán (Cortesía: Cruz Roja Salvadoreña).Un accidente en una obra de construcción en la Residencial Sierra de Santa Elena, en Antiguo Cuscatlán, provocó que tres trabajadores quedaran soterrados, con saldo de una persona fallecida y dos con lesiones leves. Diferentes instituciones de primera respuesta, acudieron al llamado de emergencia este 1 de agosto y asistieron a las víctimas en el lugar, según reportaron Cruz Verde Salvadoreña y Cruz Roja Salvadoreña. El incidente se registró durante labores constructivas en una zona residencial ubicada sobre el Bulevar Orden de Malta, en el municipio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad.De acuerdo con los socorristas, al llegar al sitio lograron rescatar con vida a dos de los trabajadores afectados, quienes presentaban lesiones menores, pero fueron trasladados por los equipos de socorro a un centro hospitalario. PUBLICIDADSin embargo, el tercer obrero fue localizado sin signos vitales. Autoridades policiales y de seguridad procesan la escena y mantienen bajo investigación las circunstancias del accidente. El suceso ocurrió mientras los afectados realizaban tareas en un proyecto de construcción en la exclusiva zona de Santa Elena.Tras el siniestro laboral, equipos de emergencia evalúan el estado de salud de los sobrevivientes en el área de la construcción en Antiguo Cuscatlán (Cortesía: Cruz Verde Salvadoreña).Las primeras indagaciones señalan que los trabajos implicaban movimiento de tierra, lo que pudo propiciar el colapso que dejó a los obreros atrapados. La identidad de la persona fallecida no ha sido revelada oficialmente. De momento, las autoridades policiales continúa realizando las respectivas investigaciones. El pasado 18 de junio de 2026, otro accidente laboral sacudió el sector de la construcción en El Salvador. Equipos de socorro fueron alertados tras el colapso de una estructura de tierra en un proyecto ubicado en la calle hacia el cantón Flor Amarilla Abajo, en las inmediaciones del bulevar Los 44 y el puente El Trébol, en Santa Ana.PUBLICIDADSegún investigaciones preliminares, tres trabajadores se encontraban instalando tuberías cuando se produjo el derrumbe. Uno de ellos falleció sepultado en el lugar, mientras que los otros dos resultaron lesionados y fueron trasladados a un centro asistencial. Posteriormente, Rolando Castro, ministro de Trabajo, confirmó que la empresa constructora había sido advertida previamente por graves deficiencias en sus protocolos de prevención: “Esta empresa ya había sido advertida por el Ministerio de Trabajo en visitas anteriores, en vista que ni siquiera tiene comité de seguridad”, declaró Castro. El funcionario subrayó que la compañía ignoró las recomendaciones técnicas entregadas por la institución.PUBLICIDADColapsó un talud en una obra y soterró a tres trabajadores en Santa Ana, el pasado 18 de junio (Cortesía: Protección Civil y Bomberos).El Artículo 316 del Código de Trabajo define el accidente de trabajo como “toda lesión orgánica o perturbación funcional que el trabajador sufra a causa, con ocasión, o por consecuencia del trabajo que ejecute”.Cuando un accidente ocurre por omisión de medidas de seguridad, como en el caso de la empresa sancionada en Santa Ana, la ley obliga al empleador a cubrir gastos médicos, farmacéuticos y hospitalarios de los lesionados, así como el salario correspondiente durante el periodo de incapacidad.Si el accidente laboral ocasiona la muerte del trabajador, el empleador debe asumir varias obligaciones:Gastos de sepelio: El patrono debe pagar de inmediato una suma equivalente a dos meses de salario básico para cubrir los costos funerarios, con un mínimo legal establecido.Indemnización por muerte: Los beneficiarios (cónyuge, hijos menores o padres dependientes) tienen derecho a recibir una indemnización equivalente a dos años de salario.Responsabilidad penal: Además de sanciones administrativas y compensaciones económicas, el colapso provocado por negligencia puede ser tipificado por la Fiscalía General de la República (FGR) como homicidio culposo, según el Artículo 132 del Código Penal. Esto implica penas de prisión para responsables de la obra o representantes legales que hayan ignorado deliberadamente las normas de seguridad.
El Salvador registra nuevo accidente laboral, un trabajador muere soterrado en Antiguo Cuscatlán
Una emergencia en una construcción residencial al sur de San Salvador dejó a tres obreros atrapados bajo tierra, dos sobrevivieron con heridas leves y uno perdió la vida según informaron cuerpos de socorro







