Los jueces Felipe Córdova, Manuel Cabrera y Rodrigo Sarango, de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), la mañana de este miércoles, 29 de julio, resolvieron archivar la casación interpuesta por el exjuez de Manabí, Banny Molina, contra la sentencia de tres años de cárcel recibida por el delito de prevaricato y devolvieron la causa al tribunal de origen de la Corte Provincial de Justicia de Manabí. Banny Rubén Molina saltó a la palestra pública en el momento en que siendo juez de la Unidad de Garantías Penitenciarias de Portoviejo (Manabí) se transformó en juez constitucional y concedió el 5 de agosto de 2022 un habeas corpus solicitado por Christian Araujo, sentenciado por asesinato a 13 años de cárcel, y extendió ese beneficio al exvicepresidente Jorge Glas, quien a esas fechas mantenía dos sentencias en firme por delitos relacionados con actos de corrupción y una pena de primera instancia por peculado en el denominado caso Singue, y a Daniel Salcedo, sentenciado por esos días a 13 años de prisión por el delito un peculado ocurrido en el contexto de la pandemia y a 3 años por el ingreso de artículos prohibidos a la cárcel.Pero la casación en la que se ordenó el archivo responde a un caso por prevaricato que se desprende de hechos ocurridos en diciembre de 2018, cuando Molina como juez ordenó que una persona, luego de ser declarada culpable por un delito de peculado y sentenciada a dos años de prisión, debía cumplir la totalidad de su pena privativa de libertad en su domicilio, sin que se cumplan las condiciones necesarias para otorgar ese beneficio.Publicidad“Se ha resuelto un incidente en donde el ciudadano Banny Rubén Molina ha indicado de que no quiere fundamentar su recurso porque no se encuentra la Defensoría Pública presente, previa a la advertencia realizada por parte de este tribunal. Ante este pronunciamiento, lo que dispone es aplicar las reglas establecidas en la impugnación y sus recursos, (...), que se indica que, en caso en el que el recurrente no fundamente el recurso, se entendiera su desistimiento. (...) En caso de que no se fundamente el recurso, así lo declara este tribunal. Por lo tanto, se ordena el archivo de la causa y la inmediata devolución al tribunal de origen”,señaló el presidente de la Sala de Casación, Felipe Córdova. Poco antes de la decisión, Molina desde la clandestinidad, pues tiene penas de cárcel vigentes y un llamado a juicio en suspenso en el caso Plaga, pidió al tribunal de la CNJ que le permitan que sea un defensor público el que lo represente en la audiencia de casación. Según él, eso no significaba que quería dilatar el caso, ni tenía que ver con la prescripción de la causa que podría darse en el mes de noviembre próximo,sino que él no conocía aspectos para intervenir en una casación.Desde la Fiscalía y el Consejo de la Judicatura se opusieron al pedido de Molina. Argumentaron que esa solicitud solamente buscaba entorpecer el procesamiento y dilatar una decisión. Se aseguraba que en las etapas anteriores el propio Banny Molina como abogado de profesión fue quien ejerció su defensa y les llama atención que justo en el día de la audiencia de casación se solicite el acompañamiento de un funcionario de la Defensoría Pública. PublicidadPublicidadEl tribunal para tener más argumentos para la decisión pidió que por secretaría se certifique quién actuó como defensa de Molina en las etapas anteriores de la causa.El secretario, luego de hacer una revisión del expediente de la Sala Especializada de lo penal de la Corte de justicia de Manabí, explicó que dentro del recurso de apelación fue el ciudadano Banny Molina quien interpuso la acción contra la sentencia dictada el 24 de noviembre de 2023, fallo en el cual se lo declaró culpable del delito de prevaricato. “En la audiencia oral pública y contradictoria que se instaló ante este Tribunal Superior de Apelación ´(de Manabí) el día lunes, 20 de abril del año 2026, (...), el recurrente y apelante abogado Banny Rubén Molina comparece y asumiendo su propia defensa en su calidad de abogado, fundamentó el referido recurso de apelación”, ratificó el secretario de la sala.Con esa confirmación el juez Córdova le consultó si sería Molina quien llevaría su propia defensa, a lo que el exjuez le respondió que requiere de la asistencia de un defensor público para que lo represente. Ante el rechazo de la solicitud de Molina y ante la negativa del juez a llevar su propia defensa, el Tribunal de Casación resolvió archivar la causa y devolver el expediente a la Corte de Manabí para que se avance con la ejecución de la condena impuesta. Por existir elementos que revelan que emitió un habeas corpus a favor de Daniel Salcedo y el exvicepresidente Jorge Glas a cambio de dinero y ser el contacto en la provincia de Manabí para gestionar y reclutar jueces dispuestos a dar decisiones favorables a los líderes del “grupo criminal” investigado en el caso Plaga, el conjuez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Edison Cantos, llamó juicio por delincuencia organizada al hoy exjuez de Portoviejo, Banny Molina. “Existen elementos de convicción que permiten presumir que Banny Molina, en su calidad de juez del cantón Portoviejo, Manabí, colaboró con una organización criminal. Se fundamenta en que se han realizado actos dirigidos a beneficiar a dicha estructura delincuencial mediante acciones constitucionales con efecto intercomunis, liberando personas privadas de la libertad. Además, la Fiscalía sostiene que Molina recibió pagos por sus servicios, los cuales habrían sido canalizados a través de sus familiares, incluyendo a sus hermanos, incluso mediante transacciones financieras con otros procesados”, explicó el conjuez dentro de su resolución oral con la que se llamó a juicio a Molina. (I)Publicidad