Publicidad29 de julio, 2026 - 11h50Actualizado a las 11h59Este viernes, 31 de julio de 2026, el pleno de la Asamblea Nacional conocerá el informe del proceso de juicio político en contra de la exministra de Ambiente y Energía, Inés Manzano, que fue aprobado por la Comisión de Fiscalización y que recomienda el archivo de este trámite. El presidente encargado del Parlamento, Esteban Torres, convocó a los legisladores a las 11:00 a la sesión 112, de manera presencial, para conocer el informe de este juicio político. El trámite fue impulsado por los asambleístas Mónica Palacios, Lenin Barreto y Blasco Luna, de la bancada Revolución Ciudadana (RC), quienes acusan a la exministra de un presunto incumplimiento de funciones. Según los legisladores, Inés Manzano no ejerció, antes, durante ni después, los controles necesarios para prevenir un presunto perjuicio económico al Estado superior a los $ 70 millones. Además, sostienen que habría incurrido en una posible omisión dolosa al no impedir presuntos actos de corrupción en la empresa pública Celec EP relacionados con el contrato suscrito con la empresa Austral Technical Management (ATM).PublicidadEl documento tiene 94 páginas y presenta seis conclusiones que sostienen que los asambleístas proponentes no lograron demostrar un nexo causal directo entre las competencias legales de la exministra de Ambiente y Energía y los actos precontractuales, contractuales, de recepción técnica o de desembolso ejecutados en el contrato emergente n.º CELEC-EP-EGU-ESMERALDAS-002. Tales actuaciones, dice el texto, corresponden a la personería jurídica, autonomía y competencia exclusiva del gerente general de Celec EP y de las unidades de negocio.La segunda conclusión determina que la solicitud de enjuiciamiento político pretendió fundar el “incumplimiento de funciones” en la cita de cláusulas y principios constitucionales abstractos, inobservando que la responsabilidad política de los ministros de Estado deriva exclusivamente de los deberes específicos asignados por la ley. “La acusación incurrió e una errónea equiparación entre las funciones de rectoría sectorial de la política pública y la gestión operativa empresarial de las empresas públicas adscritas”, agrega. PublicidadPublicidadEl informe aprobado también sostiene que imposibilidad temporal y la inexistencia de omisión, debido a que el desembolso del 60% del contrato ATM fue procesado por la Unidad de Negocio Electroguayas a las 16h39 del 09 de octubre de 2024, horas antes de que el encargo ministerial de la procesada se registrara en el Sistema Minka. De igual forma, señala el documento, se desvirtuó la omisión en la fiscalización al probarse la interposición de denuncias penales por delincuencia organizada y la reconvención arbitral por $ 131 millones impulsadas por la administración.Sobre la insuficiencia e ineficacia de la prueba de cargo, la cuarta conclusión especifica que la prueba testimonial de cargo anunciada no fue evacuada por la no comparecencia de los testigos, teniéndose por inexistente. A su vez, dice, “las declaraciones testimoniales practicadas y el material informativo presentado carecen de la cualificación pericial y conducencia requeridas para fundar una infracción, no habiéndose aportado elementos de juicio que demuestren transgresión legal alguna”.La quinta conclusión puntualiza que las alegaciones sobre una supuesta interferencia al control político carecen de respaldo pericial y sustento normativo, no habiéndose probado acto alguno de la exministra que haya impedido la fiscalización parlamentaria, por lo que este cargo carece de mérito fáctico y jurídico. La última conclusión es por improcedencia y argumenta que al no haberse demostrado el incumplimiento de funciones constitucionales o legales imputado a Inés Manzano, el proceso de enjuiciamiento político adolece de una absoluta falta de méritos e insuficiencia probatoria de cargo. Con estos argumentos, el informe aprobado por la mesa legislativa, de mayoría oficialista y presidida por el asambleísta de ADN Ferdinan Álvarez, recomienda al pleno de la Asamblea Nacional archivar este proceso de juicio político contra la exministra por no haberse probado la existencia de un nexo causal ni la configuración de la causal de incumplimiento de funciones, contemplada en el artículo 131 de la Constitución y en el segundo inciso del artículo 78 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, existiendo una manifiesta e insubsanable falta de mérito en el expediente e insuficiencia probatoria de cargo que permita identificar imputabilidad de responsabilidad política. (I)Publicidad
Informe que recomienda el archivo del juicio político contra Inés Manzano se tratará este viernes en la Asamblea Nacional
La solicitud de juicio político fue impulsada por los asambleístas Mónica Palacios, Lenin Barreto y Blasco Luna, de la bancada Revolución Ciudadana.










