El Programa de Atención Médica Integral (PAMI) oficializó el procedimiento necesario para que los afiliados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires puedan gestionar la solicitud de traslados programados en ambulancia. La obra social determinó diferentes vías de gestión administrativa de acuerdo con dos factores centrales: si la prescripción fue emitida por el médico de cabecera o por un especialista, y si el cuadro de salud requiere o no la presencia de un profesional médico a bordo de la unidad.

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Para las situaciones en las que el médico de cabecera prescribe un traslado programado en ambulancia sin presencia médica, el profesional debe entregar al afiliado la correspondiente orden médica junto con el número de solicitud del trámite. Con esa documentación en mano, el usuario debe gestionar primero el turno con el prestador elegido a través de la cartilla médica oficial. Una vez confirmados el día y la hora de la cita, la coordinación del vehículo se efectúa llamando a la línea telefónica, disponible de 7 a 15 horas, con una anticipación de hasta dos días hábiles previos al turno asignado.

En los casos donde el médico de cabecera solicita el traslado programado con acompañamiento médico dentro de la ambulancia, el afiliado debe recibir la orden médica, el comprobante del traslado y un resumen actualizado de su historia clínica. Luego de obtener el turno sanitario mediante la cartilla médica, la persona interesada tiene que concurrir al área de Prestaciones Médicas de su Unidad de Gestión Local (UGL) con al menos dos días hábiles de antelación respecto del turno médico para solicitar la habilitación del servicio.