La Oficina de Normalización Previsional (ONP) informó que el Sistema Nacional de Pensiones asegura a sus afiliados una serie de beneficios, entre ellos pensiones por invalidez, jubilación y sobrevivencia, así como pagos adicionales y acceso a servicios de salud, incluso hasta antes de llegar a la edad requerida. En ese contexto, miles de adultos mayores se preparan para recibir su pensión a través del Banco de la Nación, correspondiente a agosto 2026. Es así que, los primeros en cobrar serán los del Decreto Ley n.º 19990, según la letra inicial de su apellido paterno; mientras que los empleados del sector público podrán disponer de su dinero a partir de la tercera semana del mes. Así, dicho aporte representa una gran oportunidad para esta parte de la población nacional, ya que podrán cubrir sus principales necesidades básicas como, por ejemplo, alimentos, medicinas o el pago del arriendo de la vivienda. En el desarrollo de esta nota, te contamos mayores detalles al respecto.Actualmente, miles de adultos mayores de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), afiliados al Decreto Ley 19990, serán los primeros en cobrar el pago de su pensión correspondiente a agosto 2026. Por ello, este grupo deberá acercarse al Banco de la Nación o esperar el abono en su cuenta de ahorros. Inclusive, podrán desembolsar su dinero en las agencias del BBVA, Banco GNB, BanBif e Interbank, según la letra inicial del apellido paterno de cada pensionado. A continuación, te presentamos las fechas establecidas para que los pensionistas se puedan acercar a cobrar:Pensionistas con apellidos que inicien con las letras A-C | lunes 10 de agostoPensionistas con apellidos que inicien con las letras D-L | martes 11 de agostoPensionistas con apellidos que inicien con las letras M-Q | miércoles 12 de agostoPensionistas con apellidos que inicien con las letras R-Z | jueves 13 de agostoPago a domicilio | del lunes 17 al miércoles 26 de agosto.La Oficina de Normalización Previsional indicó que los afiliados facultativos que mantienen sus aportes pueden acceder a una pensión por invalidez si un accidente o una enfermedad les impide desempeñar una actividad laboral de forma temporal o para toda la vida. Sin embargo, la ONP informó que, entre los requisitos indispensables al momento de haber ocurrido el accidente, figura haber realizado como mínimo 12 meses de aportes durante los últimos tres años, así como presentar un certificado médico emitido por EsSalud, Minsa o una entidad autorizada. Esto permitirá que el asegurado obtenga un ingreso mensual a través del Banco de la Nación y cobertura de salud durante el proceso de rehabilitación o de manera permanente. Es importante recordar que, en caso de fallecimiento, la familia, ya sea pareja, hijos o padres, accederán a una pensión de supervivencia, según corresponda, conforme comparte el diario El Peruano.