La decisión de Estados Unidos de imponer un nuevo tributo del 10% a parte de las importaciones procedentes de Guatemala fue recibida con cautela por los sectores productivos y exportadores, que valoraron que se mantengan exenciones para productos agrícolas y prendas de vestir, pero advirtieron que alrededor del 28% de la oferta que ya pagaba ese gravamen continuará en la misma condición.

La medida fue anunciada el 23 de julio por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) y sustituirá el tributo temporal del 10% establecido en febrero con base a la sección 122 por un plazo de 150 días, cuya vigencia vence este 24 de julio.

El nuevo gravamen se establece bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, como resultado de una investigación relacionada con la prohibición de importar bienes producidos mediante trabajo forzoso.

Guatemala quedó dentro del grupo de economías a las que Estados Unidos aplicará una tasa del 10%, debido a que adoptaron o se comprometieron a implementar medidas para impedir la importación de productos elaborados con trabajo forzoso. Para otras economías investigadas, el tributo establecido será del 12.5%.

La resolución estadounidense tomó en cuenta el compromiso adquirido por Guatemala en el marco del Acuerdo de Comercio Recíproco y la aprobación del Acuerdo Ministerial 377-2026, que prohíbe la importación de bienes producidos mediante trabajo forzoso u obligatorio.