“Así que hay extranjeros que viven en Argentina, estudian gratis en Argentina, se atienden gratis en hospitales Argentinos mientras odian a la Argentina? Perfecto. Acabo de presentar un proyecto para arancelar la salud y la educación a extranjeros en la provincia de Buenos Aires”. El diputado libertario bonaerense Agustín Romo no hizo más generar atractivo mediático en medio de la supuesta ola de críticas a estudiantes extranjeros que se burlaron de la Selección argentina en redes sociales tras la derrota en la final del Mundial 2026. Pero su proyecto de ley para arancelar la atención en hospitales públicos y los estudios de grado en universidades estatales de la provincia a los extranjeros no está oficializada en la Legislatura y se basa en datos falsos o erróneos.
La iniciativa, que Romo mostró en sus redes, lleva la firma de 18 de los 20 diputados libertarios y del jefe del bloque del PRO, Alejandro Rabinovich, y consiguió un retuit de Patricia Bullrich. Sin embargo, en el sitio oficial de la Cámara de Diputados bonaerense el último proyecto de ley cargado a nombre de Romo data del 13 de julio y se refiere a una reforma del Estatuto del Docente.
El texto, según la copia que el legislador colgó en su cuenta de X, establece dos regímenes separados. El Título I dispone que los extranjeros sin residencia permanente deberán costear las prestaciones sanitarias en hospitales públicos provinciales mediante seguro de salud, un tercero obligado o pago directo, aunque garantiza que ninguna persona podrá ser rechazada o demorada en casos de urgencia o emergencia con riesgo de vida; el cobro se tramitará recién después de estabilizar al paciente. Quedan exceptuadas las víctimas de trata de personas y todas las acciones de vacunación, diagnóstico y tratamiento de enfermedades transmisibles, por razones de salud pública. Los fondos recaudados irán al Fondo Provincial de Salud, administrado por el Sistema de Atención Médica Organizada (S.A.M.O.). El Título II, por su parte, obliga a las universidades provinciales de gestión estatal a fijar una retribución para los estudios de grado de extranjeros sin residencia permanente, dejando en manos de cada institución los montos y las modalidades de cobro.










