Uno de los cambios que trae la megarreforma es la eliminación del pago de las contribuciones para adultos mayores desde los 65 años. Esta medida se comenzará a aplicar desde enero del 2026. Y para poder acceder a este beneficio, su aplicación tiene una serie de normas que deberán estar listas antes de esa fecha para que las personas puedan acceder. Lo primero que se establece es que será para la vivienda principal. Se entenderá por vivienda principal el inmueble destinado y utilizado preferentemente para la habitación y que constituya la residencia habitual y asiento principal del contribuyente. Dicho bien raíz se identificará mediante la declaración jurada, la que deberá presentarse conforme a las instrucciones que imparta el Servicio de Impuestos Internos mediante resolución. Asimismo, se entenderá que forman parte de la vivienda principal los estacionamientos y bodegas ubicados en la misma dirección de la vivienda principal, aun cuando tengan un rol de avalúo distinto al de ésta última, siempre que se encuentren destinados a un uso relacionado con la habitación del beneficiario de la exención. Las restantes propiedades del contribuyente quedarán afectas al régimen general de impuesto territorial.El propietario de la vivienda principal podrá, de manera voluntaria, invocar esta exención respecto de solo un inmueble habitacional, y los estacionamientos y bodegas asociados, en todo el territorio nacional. En caso de que una persona sea dueña de dos o más bienes raíces habitacionales, deberá declarar cuál de ellos constituye su vivienda principal ante el Servicio de Impuestos Internos conforme al numeral siguiente. 09 Julio 2025
Cómo funcionará y cuáles serán los requisitos para acceder a la exención de las contribuciones a adultos mayores - La Tercera
Será para los adultos mayores de 65 años. Los contribuyentes que opten por acogerse a esta exención, deberán presentar una declaración jurada anual acreditando que es la vivienda principal la que se postula para no pagar ese impuesto. La obtención improcedente de este beneficio será sancionada con multa del 300% del impuesto eludido.






