En un nuevo paso hacia la digitalización de los controles sanitarios, el Gobierno creó el Sistema Integrado de Gestión de Trazabilidad de Productos Veterinarios de la República Argentina (Sigtrazavet), una plataforma que permitirá seguir el recorrido de medicamentos veterinarios y principios activos desde su elaboración o importación hasta su utilización por parte del profesional veterinario o el usuario final. La medida fue oficializada por el Senasa mediante la Resolución 654/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial, con la firma de la presidente del organismo María Beatriz Giraudo.La resolución constituye uno de los cambios más importantes en materia de control de productos veterinarios de los últimos años. El objetivo es fortalecer la trazabilidad, mejorar la fiscalización, digitalizar procesos y brindar mayor seguridad sanitaria en una cadena considerada estratégica tanto para la producción animal como para el acceso a los mercados internacionales. La norma crea formalmente el Sigtrazavet “como sistema oficial destinado al registro, el seguimiento y el control de la trazabilidad de productos veterinarios y principios activos a lo largo de toda la cadena de producción, distribución y comercialización”. La norma crea formalmente el Sigtrazavet “como sistema oficial destinado al registro, el seguimiento y el control de la trazabilidad de productos veterinarios y principios activos a lo largo de toda la cadena de producción, distribución y comercialización”Su utilización será obligatoria en todo el país para todas las personas humanas y jurídicas que importen, exporten, elaboren, fraccionen, acondicionen, distribuyan, comercialicen, almacenen, prescriban o posean productos veterinarios inscriptos ante el Senasa, así como también para quienes intervengan con los principios activos destinados a su elaboración. De acuerdo con la resolución, el nuevo sistema tendrá varias funciones centrales. Entre ellas, identificar a todos los actores mediante su registración con CUIT, georreferenciar depósitos y lugares de almacenamiento, registrar la circulación de los productos durante toda la cadena e integrar la información proveniente de la Receta Veterinaria Electrónica (RVE), que será uno de los pilares del nuevo esquema de control. La iniciativa alcanza a una amplia variedad de operadores. Entre ellos figuran importadores, exportadores, elaboradores, fraccionadores, acondicionadores, distribuidores, comercializadores, veterinarios prescriptores y toda persona o empresa que tenga productos veterinarios bajo su responsabilidad. Además de crear el sistema, la resolución avanza sobre otro cambio relevante: convierte a la RVE en la herramienta obligatoria para la prescripción, adquisición y administración de productos veterinarios destinados a animales productores de alimentos, équidos y animales de compañía. María Beatriz "Pilu" Giraudo, presidente del SenasaSegún establece la norma, la RVE deberá ser emitida exclusivamente por un profesional veterinario habilitado mediante autogestión con Clave Fiscal y pasará a reemplazar, para los productos alcanzados, al tradicional recetario en papel. El sistema contempla distintos tipos de recetas según el destino de los medicamentos: para adquisición de productos, para tratamientos en animales de producción y équidos, para adquisición y tratamiento simultáneo y para animales de compañía. Cada una tendrá requisitos específicos y plazos de vigencia determinados. Otro de los ejes de la resolución es la digitalización de toda la información vinculada con la circulación de los productos veterinarios. Las operaciones de importación, elaboración, fraccionamiento y acondicionamiento deberán declararse dentro de las 96 horas de realizadas, mientras que las de distribución, comercialización, suministro a veterinarios y exportación deberán informarse en tiempo real. Asimismo, cualquier movimiento entre depósitos deberá ser declarado por quien lo origine y confirmado por el receptor. Si ese procedimiento no se cumple dentro de los plazos previstos, el sistema bloqueará automáticamente la operación hasta que sea regularizada. La resolución también incorpora mecanismos para actuar ante irregularidades. Si un envío no llega al destino declarado, el receptor deberá informar esa situación mediante una declaración jurada. En esos casos, el sistema bloqueará automáticamente el depósito de origen hasta que el Senasa evalúe las causas y determine si corresponde levantar esa restricción. Los operadores, además, estarán obligados a informar contingencias que puedan afectar el stock de productos veterinarios, como robos, hurtos, pérdidas, destrucciones, decomisos, vencimientos o cualquier otra circunstancia que modifique las existencias declaradas. Otro aspecto novedoso es que toda la información ingresada al Sigtrazavet tendrá carácter de declaración jurada, lo que refuerza la responsabilidad de cada uno de los actores involucrados en la cadena. En los fundamentos de la resolución, el Senasa señala que la necesidad de crear este nuevo sistema responde a la actualización tecnológica del esquema de trazabilidad vigente desde 2013. También destaca que, a nivel internacional, la trazabilidad dejó de ser una herramienta voluntaria para convertirse en un requisito cada vez más extendido. En ese sentido, sostiene que “ha sido ampliamente impulsada en países de alta vigilancia, pasando de ser voluntaria a obligatoria, por constituir la herramienta por excelencia para el seguimiento de los productos involucrados”. Otro de los argumentos que respaldan la decisión es el peso de la Argentina como exportador de agroalimentos. En la resolución se remarca que “resulta conducente garantizar el acceso de sus productos a los mercados internacionales”, en un contexto donde la demanda de alimentos producidos con estándares sanitarios, certificación y trazabilidad es cada vez mayor. En paralelo, el Senasa advierte que los productos de venta bajo receta profesional implican riesgos potenciales “para los animales, la población en general y el ambiente”, razón por la cual considera necesario fortalecer los mecanismos de seguimiento y control. La resolución entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial, aunque la incorporación de principios activos y productos veterinarios al Sigtrazavet se realizará de manera progresiva. Será la Dirección Nacional de Sanidad Animal la que establecerá el cronograma, las etapas y las condiciones para la implementación definitiva del nuevo sistema en todo el país.
Medida: el Gobierno creó un sistema nacional obligatorio para seguir cada producto veterinario desde su origen hasta el usuario final
El Senasa puso en marcha el Sigtrazavet, una plataforma que permitirá registrar, monitorear y controlar toda la cadena de producción, distribución y comercialización; también establece la receta veterinaria electrónica como herramienta obligatoria






